/ sábado 31 de agosto de 2024

Sala Guadalajara resuelve restar diputación plurinominal al PRI y sumarla a MC en Chihuahua

Con esto resuelve la impugnación presentada por Francisco Sánchez, dando ese lugar de Movimiento Ciudadano para este mismo político

La Sala Regional de Guadalajara resolvió el recurso de impugnación de Francisco Sánchez y instruyó a que se le entregue una nueva posición en el Congreso del Estado y a su vez restaría una posición al PRI la cual se encuentra a nombre de Isamar Valadés.

Tras el análisis a los asuntos presentados, por unanimidad de los tres magistrados, se propuso revocar la sentencia emitida por el Instituto Estatal Electoral (IEE) y ratificada por el Tribunal Estatal Electoral (TEE) referente a la asignación de diputaciones plurinominales.

En ese sentido, al Partido Revolucionario Institucional (PRI) se le retirará una diputación plurinominal a fin de quedar únicamente con una por medio de este proyecto y con cuatro en total, mientras que Movimiento Ciudadano pasará de tener una sola curul en lo general a dos, ambas de representación proporcional.

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En la sesión se estableció igualmente que el organismo local habrá de cuidar la paridad de género, pues si se le retira la curul a Isamar Valadés Enríquez, el Congreso local quedaría conformado con 17 hombres y 16 mujeres, dado que el otro diputado plurinominal de MC sería Francisco Sánchez.

Durante la explicación de los magistrados, se precisó que consideraron prudente revocar la sentencia emitida por el IEE dado que consideraron que el segundo ajuste hecho, causó una mayor afectación a MC, partido denunciante, demeritando el porcentaje de votación dejando a este más cerca del límite con la subrepresentación.

De esa forma, se consideró fundado este ejercicio, toda vez que estimaron que el TEE fue omiso al no considerar más gravosa la afectación generada al partido actor (MC) con la formulación del segundo ajuste del que pudo prescindir el Partido Revolucionario Institucional (PRI).

Cabe señalar que los magistrados propusieron en primera instancia acumular los juicios de cuenta dado que estaban fundamentados en lo mismo. De igual manera, determinaron la improcedencia de los juicios ciudadanos 613 y 616 toda vez que a los actores de esos medios de impugnación no afectaban directamente a la parte actora.

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En cuanto a los ejercicios presentados por MC, se propuso la improcedencia del juicio ciudadano 621 toda vez que la parte actora presentó dos demandas idénticas, por lo que con la primera ejerció su derecho de impugnación.

La Sala Regional de Guadalajara resolvió el recurso de impugnación de Francisco Sánchez y instruyó a que se le entregue una nueva posición en el Congreso del Estado y a su vez restaría una posición al PRI la cual se encuentra a nombre de Isamar Valadés.

Tras el análisis a los asuntos presentados, por unanimidad de los tres magistrados, se propuso revocar la sentencia emitida por el Instituto Estatal Electoral (IEE) y ratificada por el Tribunal Estatal Electoral (TEE) referente a la asignación de diputaciones plurinominales.

En ese sentido, al Partido Revolucionario Institucional (PRI) se le retirará una diputación plurinominal a fin de quedar únicamente con una por medio de este proyecto y con cuatro en total, mientras que Movimiento Ciudadano pasará de tener una sola curul en lo general a dos, ambas de representación proporcional.

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En la sesión se estableció igualmente que el organismo local habrá de cuidar la paridad de género, pues si se le retira la curul a Isamar Valadés Enríquez, el Congreso local quedaría conformado con 17 hombres y 16 mujeres, dado que el otro diputado plurinominal de MC sería Francisco Sánchez.

Durante la explicación de los magistrados, se precisó que consideraron prudente revocar la sentencia emitida por el IEE dado que consideraron que el segundo ajuste hecho, causó una mayor afectación a MC, partido denunciante, demeritando el porcentaje de votación dejando a este más cerca del límite con la subrepresentación.

De esa forma, se consideró fundado este ejercicio, toda vez que estimaron que el TEE fue omiso al no considerar más gravosa la afectación generada al partido actor (MC) con la formulación del segundo ajuste del que pudo prescindir el Partido Revolucionario Institucional (PRI).

Cabe señalar que los magistrados propusieron en primera instancia acumular los juicios de cuenta dado que estaban fundamentados en lo mismo. De igual manera, determinaron la improcedencia de los juicios ciudadanos 613 y 616 toda vez que a los actores de esos medios de impugnación no afectaban directamente a la parte actora.

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En cuanto a los ejercicios presentados por MC, se propuso la improcedencia del juicio ciudadano 621 toda vez que la parte actora presentó dos demandas idénticas, por lo que con la primera ejerció su derecho de impugnación.

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