En una decisión unánime, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia emitida por el Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua (TEE) en el caso de la comunidad LeBarón, donde se niega el reconocimiento como pueblo equiparable, cerrando esta posibilidad de instancias de apelación.
Esta resolución, que contó con el respaldo de todos los magistrados, ratifica también la decisión previamente tomada por la Sala Guadalajara.
Con esta determinación, se concluye el proceso legal iniciado por la comunidad LeBarón para obtener el reconocimiento como equiparable a un pueblo originario, lo que les permitiría autogobernarse y autodeterminarse.
Sin embargo, la Sala Superior y la Sala Guadalajara respaldaron las actuaciones y decisiones del TEE de Chihuahua, lo que cierra la posibilidad de más instancias de apelación para la comunidad.
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El análisis llevado a cabo por la Magistrada Presidenta, Roxana García Moreno, incluyó la revisión detallada de peritajes antropológicos, múltiples audiencias y comparecencias, así como una visita a la comunidad LeBarón.
Tras este exhaustivo estudio, se determinó que, debido a las características específicas de la comunidad, no es factible considerarla como un pueblo indígena equiparable, y por lo tanto, no puede ejercer la autodeterminación ni el autogobierno.
La sentencia propuesta por la Magistrada Presidenta, que fue aprobada por unanimidad, consta de 357 fojas y se convierte en un hito nacional e internacional al ser el primer fallo en México que aborda y decide sobre los derechos de comunidades etnoreligiosas y migrantes que buscan ser equiparadas con un pueblo originario o tribal.