/ martes 16 de enero de 2024

Sanciona TEE a diputados de Morena por actos proselitistas en su horario laboral

Descuidaron sus labores legislativas y faltaron a sesión en el Congreso por acudir a evento de Claudia Sheinbaum en Guachochi

El Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua (TEE), en su reciente sesión, resolvió el Procedimiento Especial Sancionador identificado con la clave PES-61/2023 en el que validó la denuncia presentada por el Partido Acción Nacional en contra de varios diputados de Morena que cometieron actos de proselitismo.

Acatando la solicitud de la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el organismo local declaró existente la infracción cometida por los diputados Leticia Ortega, Magdalena Rentería, María Antonieta Pérez, Rosana Díaz, Óscar Avitia y Benjamín Carrera toda vez que abandonaron sus labores legislativas por acudir a un evento de campaña interna de su partido.

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Los hechos ocurrieron el pasado 18 de agosto cuando la ahora precandidata a la presidencia de la República por Morena, Claudia Sheinbaum, realizó un evento con sus simpatizantes en La Sinforosa, en el municipio de Guachochi, al cual acudieron los legisladores antes mencionados dejando de asistir a la Sesión Extraordinaria que se celebró en el Congreso del Estado.

En ese sentido, el TEE dictó sentencia en el presente asunto acatando a lo solicitado por la Sala Regional Guadalajara. Asimismo, es preciso aclarar que, a pesar de que en la denuncia se incluyó a la diputada Jael Argüelles, el organismo declaró inexistente la infracción en contra de ella toda vez que estuvo presente en la Sesión por vía remota.

Los denunciantes acusaron que los legisladores difundieron, promovieron y posicionaron a Sheinbaum Pardo entre los militantes morenistas en un horario laboral, motivo por el cual el órgano electoral emitió la sentencia antes mencionada.

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Ante tal resolución el TEE notificará al Órgano Interno de Control del Congreso del Estado para que, en el ámbito de sus atribuciones realice lo conducente y proceda conforme a lo precisado en el apartado de dicha sentencia.

Igualmente, en un plazo de 24 horas, deberá notificarse sobre dicha resolución a la Sala Regional Guadalajara, toda vez que fue quien ordenó al TEE emitir una sentencia al respecto.

El Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua (TEE), en su reciente sesión, resolvió el Procedimiento Especial Sancionador identificado con la clave PES-61/2023 en el que validó la denuncia presentada por el Partido Acción Nacional en contra de varios diputados de Morena que cometieron actos de proselitismo.

Acatando la solicitud de la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el organismo local declaró existente la infracción cometida por los diputados Leticia Ortega, Magdalena Rentería, María Antonieta Pérez, Rosana Díaz, Óscar Avitia y Benjamín Carrera toda vez que abandonaron sus labores legislativas por acudir a un evento de campaña interna de su partido.

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Los hechos ocurrieron el pasado 18 de agosto cuando la ahora precandidata a la presidencia de la República por Morena, Claudia Sheinbaum, realizó un evento con sus simpatizantes en La Sinforosa, en el municipio de Guachochi, al cual acudieron los legisladores antes mencionados dejando de asistir a la Sesión Extraordinaria que se celebró en el Congreso del Estado.

En ese sentido, el TEE dictó sentencia en el presente asunto acatando a lo solicitado por la Sala Regional Guadalajara. Asimismo, es preciso aclarar que, a pesar de que en la denuncia se incluyó a la diputada Jael Argüelles, el organismo declaró inexistente la infracción en contra de ella toda vez que estuvo presente en la Sesión por vía remota.

Los denunciantes acusaron que los legisladores difundieron, promovieron y posicionaron a Sheinbaum Pardo entre los militantes morenistas en un horario laboral, motivo por el cual el órgano electoral emitió la sentencia antes mencionada.

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Ante tal resolución el TEE notificará al Órgano Interno de Control del Congreso del Estado para que, en el ámbito de sus atribuciones realice lo conducente y proceda conforme a lo precisado en el apartado de dicha sentencia.

Igualmente, en un plazo de 24 horas, deberá notificarse sobre dicha resolución a la Sala Regional Guadalajara, toda vez que fue quien ordenó al TEE emitir una sentencia al respecto.

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