/ viernes 27 de septiembre de 2024

“Servicio de agua no se puede suspender”: CEDH sobre el caso de Aquiles Serdán

Alejandro Carrasco argumenta que la medida tomada por la JMAS de este municipio "es violatorio a los derechos humanos, en el Artículo 4 de la Constitución habla sobre que todas las personas tenemos derecho al acceso al consumo personal y doméstico del agua"

El encargado del despacho de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, Alejandro Carrasco, dio a conocer que las autoridades de cualquier nivel no pueden suspender el acceso al agua ya que se violan los derechos humanos, pero que las autoridades si quieren actuar en contra de algún deudor del servicio, lo que podrían hacer es limitarlo a menos horas o a una cantidad mínima.

Lo anterior lo explicó luego de que la Junta Municipal de Agua y Saneamiento de Aquiles Serdán adoptara como medida el clausurar los registros del agua de las personas que tienen adeudos importantes, con el objetivo de que no puedan manipular el medidor hasta que se pueda regularizar el adeudo, según confirmó la dependencia a El Heraldo de Chihuahua.

Eso es violatorio a los derechos humanos, en el Artículo 4 de la Constitución habla sobre que todas las personas tenemos derecho al acceso al consumo personal y doméstico del agua, que debe ser suficiente, salubre, aceptable. La ONU establece en la observación general número 15 que habla que el derecho humano del agua es indispensable para una vida humana digna”, compartió.

Aseguró que es a raíz de estos fundamentos, es lo que puede o no hacer las juntas municipales del agua a nivel estatal, es decir que no se puede suspender el servicio al 100% pero tampoco significa que los usuarios no están obligados a dar una contribución por la prestación de este servicio.

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"En ningún lado dice que el agua es gratis el agua, la OMS establece que es necesario de 50 a 100 litros por persona de agua, lo que se tendría que hacer es limitar el servicio, quizá a través de una inversión de infraestructura, cumpliendo lo que indica la OMS, pero lo que no se puede es quitar en su totalidad el servicio", aseguró el representante de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.

Dijo que la suspensión del suministro del agua es una violación a los derechos humanos porque el ser humano necesita agua para sobrevivir y asearse "la dignidad humana, que es la esencia de los derechos humanos, es vulnerada, cuando le quitan el derecho al agua".

El representante de la Comisión Estatal de Derechos Humanos dijo que van a pedir información a las autoridades de Aquiles Serdán, para conocer qué es lo que sucede, para iniciar la investigación y llegar a las últimas consecuencias.

"Entiendo que es difícil hacer que las personas paguen, pero para ello deben buscar alternativas, porque hay personas que tienen hijos menores, necesitan comer, biberón, y no hay agua, la otra es la higiene, las cuestiones de salud que se pueden desencadenar, es un derecho básico que no se puede quitar, se puede limitar", comentó Alejandro Carrasco.

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El encargado del despacho dijo que la Comisión Estatal se hace cargo de analizar este tipo de casos, pero en lugar de generar una recomendación que puede tardar uno o más meses, se acerca a las dos partes y se busca llegar a una mediación con las dos partes para llegar a un acuerdo mutuo para evitar el corte, pero evitar seguir generando mayor adeudo.

El encargado del despacho de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, Alejandro Carrasco, dio a conocer que las autoridades de cualquier nivel no pueden suspender el acceso al agua ya que se violan los derechos humanos, pero que las autoridades si quieren actuar en contra de algún deudor del servicio, lo que podrían hacer es limitarlo a menos horas o a una cantidad mínima.

Lo anterior lo explicó luego de que la Junta Municipal de Agua y Saneamiento de Aquiles Serdán adoptara como medida el clausurar los registros del agua de las personas que tienen adeudos importantes, con el objetivo de que no puedan manipular el medidor hasta que se pueda regularizar el adeudo, según confirmó la dependencia a El Heraldo de Chihuahua.

Eso es violatorio a los derechos humanos, en el Artículo 4 de la Constitución habla sobre que todas las personas tenemos derecho al acceso al consumo personal y doméstico del agua, que debe ser suficiente, salubre, aceptable. La ONU establece en la observación general número 15 que habla que el derecho humano del agua es indispensable para una vida humana digna”, compartió.

Aseguró que es a raíz de estos fundamentos, es lo que puede o no hacer las juntas municipales del agua a nivel estatal, es decir que no se puede suspender el servicio al 100% pero tampoco significa que los usuarios no están obligados a dar una contribución por la prestación de este servicio.

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"En ningún lado dice que el agua es gratis el agua, la OMS establece que es necesario de 50 a 100 litros por persona de agua, lo que se tendría que hacer es limitar el servicio, quizá a través de una inversión de infraestructura, cumpliendo lo que indica la OMS, pero lo que no se puede es quitar en su totalidad el servicio", aseguró el representante de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.

Dijo que la suspensión del suministro del agua es una violación a los derechos humanos porque el ser humano necesita agua para sobrevivir y asearse "la dignidad humana, que es la esencia de los derechos humanos, es vulnerada, cuando le quitan el derecho al agua".

El representante de la Comisión Estatal de Derechos Humanos dijo que van a pedir información a las autoridades de Aquiles Serdán, para conocer qué es lo que sucede, para iniciar la investigación y llegar a las últimas consecuencias.

"Entiendo que es difícil hacer que las personas paguen, pero para ello deben buscar alternativas, porque hay personas que tienen hijos menores, necesitan comer, biberón, y no hay agua, la otra es la higiene, las cuestiones de salud que se pueden desencadenar, es un derecho básico que no se puede quitar, se puede limitar", comentó Alejandro Carrasco.

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El encargado del despacho dijo que la Comisión Estatal se hace cargo de analizar este tipo de casos, pero en lugar de generar una recomendación que puede tardar uno o más meses, se acerca a las dos partes y se busca llegar a una mediación con las dos partes para llegar a un acuerdo mutuo para evitar el corte, pero evitar seguir generando mayor adeudo.

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