El tema de la paridad y equidad de género y la protección de las mujeres en las fuerzas armadas, ha tenido avances importantes, ya que se han implementado diversas acciones, como por ejemplo que todos los elementos de las fuerzas armadas firman una carta compromiso para evitar conductas como el acoso o el hostigamiento sexual.
Así lo informó la Subteniente en Justicia Militar Chihuahua Chihuahua, la agente de Ministerio Público, la licenciada Sandy Mujica, quien detalló que hay varias campañas de información para proteger a la mujer este tipo de aspectos, sin embargo es de mencionar que también los hombres sufren este tipo de conductas, hasta de violencia doméstica, pero que no se denuncia por el temor a ser señalados.
Detalló que la Secretaría de la Defensa Nacional cuenta con reglamentos, códigos, y leyes para tener un sistema de Justicia Militar, para atender cuestiones de indisciplinas, conductas ilícitas, para el caso del Centro de Justicia numero 26 de Chihuahua capital se han atendido en lo que va del año un total de 16 carpetas de investigación.
Los delitos diversos que en son más comunes son la desobediencia, abuso de autoridad, lesiones, todos estos cuando se encuentran en el servicio militar. Otro caso que se presenta es el tema de los desertores, a quienes también se tiene que dar un seguimiento, para que se determine la baja de las fuerzas armadas, añadió.
Asimismo mencionó que también se atienden delitos como el homicidio doloso, homicidio culposo son muy durante el servicio militar, desertores, hasta la fecha 16 carpetas para lo cual se busca concluir el año con carpetas de investigación.
En cuanto a los procedimientos, la Secretaría de la Defensa Nacional se encarga de investigar si los elementos cometieron algún delito, se toman todos los a datos de prueba, se judicializa la carpeta ante los tribunales, y posteriormente se realizan las audiencias para el proceso jurídico y la sentencia.
La Dirección General de Justicia Militar fue creada por Decreto del 1 de julio de 1954, y publicado en el Diario Oficial de la Federación.
ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO DE JUSTICIA MILITAR.
La Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, en los artículos 27, 28 y 92 establece:
Artículo 27. Los Órganos del Fuero de Guerra conocerán de los delitos en los términos que establecen el Código de Justicia Militar y el Código Militar de Procedimientos Penales.
Artículo 28. Los Órganos del Fuero de Guerra son:
I. Tribunal Superior Militar;
II. Fiscalía General de Justicia Militar; y
III. Defensoría de Oficio Militar.
Artículo 92. El Servicio de Justicia tendrá a su cargo la procuración y la administración de la justicia por los delitos del fuero de guerra y vigilar la ejecución de las penas impuestas por las Dependencias encargadas de administrar la justicia; el asesoramiento a la Secretaría de la Defensa Nacional en asuntos técnico jurídicos