Teniendo como antecedente la tragedia del pasado 9 de julio de 2023 en la presa Chihuahua, donde una menor de 11 años de edad y su padre perdieron la vida al ingresar al cuerpo de agua, el Ayuntamiento reformó en días pasados el catálogo de sanciones para aquellas personas que se “metan a nadar” a una de las tres presas de la ciudad, estableciendo que, quien ocasione la pérdida de la vida de una o varias personas en el cuerpo de agua, deberá pagar una multa de un millón 85 mil 700 pesos.
Roberto Andrés Fuentes Rascón, secretario del Ayuntamiento, destacó que, tras dicho accidente, como autoridad los llevó a llevar la reforma al reglamento del parque metropolitano Tres Presas, en el cual están contenidas la presa El Rejón, la presa Chuvíscar y la presa Chihuahua; así como al reglamento de justicia cívica.
Lo anterior para que la autoridad pudiera tener dientes, garras para sancionar a quien de manera peligrosa, se introduzca en los cuerpos de agua, buscando en todo momento salvaguardar la integridad y la vida de las familias chihuahuenses
Entre otras de las sanciones que fueron establecidas, están por no respetar el horario para el uso de los cuerpos de agua, omisión en el uso de las medidas de seguridad, tripular vehículos acuáticos en estado de ebriedad, etc.
Roberto Fuentes explicó que, al no respetar el horario establecido para el uso de cuerpos de agua, la multa será de 10 a 40 Unidades de Medida de Medida de Actualización (UMA), por lo que el monto es de $1085.70 a $4,332.80; mientras que en el uso de las medidas de seguridad, por ejemplo no usar chaleco salvavidas en botes, kayaks, jet ski o cualquier otro tipo de vehículo acuático permitido, será de 20 a 40 UMAs, lo que equivale económicamente de $2,171 a $4,342.
El funcionario aclaró que está completamente prohibido ingresar a nadar cualquiera de los cuerpos de agua en la ciudad, por lo que si una persona es sorprendida incumpliendo esta ley, la multa será de $2,171 a $8,865, mientras que tripular vehículos acuáticos en estado de ebriedad van de $8,685 a $13,28.
“Meterse al cuerpo de agua para nadar está completamente prohibido, esto porque está muy insolvado y no son lugares propicios para la práctica de la natación, de forma tal que está prohibido”, dijo el funcionario, citando como ejemplo que días después de que murió la familia ahogada, localizaron a otro sujeto con un bebé en brazos, al interior de una presa ya entrada la noche.
Si los paseantes superan la capacidad de pasajeros en los vehículos acuáticos, tendrán que pagar una multa que iría de los $3,257 a los $8,65 (80 a 120 UMAs), mientras que ingresar con cualquier medio de transporte acuático, ya sea lancha, bote, kayac, moto acuática y demás, en otro punto de acceso que distinto al señalado, la multa será la misma que la de superar la cantidad de pasajeros.
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En caso de que alguien ocasione un accidente en el cuerpo de agua, con cualquier tipo de vehículo, la multa va de los $8, 685 a los $16, 285 (80 a 150 UMAs).
Las dos sanciones más severas con las que cuenta el Ayuntamiento van en el sentido de que alguien exponga a un riesgo o peligro inminente a niñas, niños y/o adolescentes, la multa va de los $9,771 a los $19,542 (90 a 180 UMAs) y si llegan a ocasionar la pérdida de la vida de una o más personas en el cuerpo de agua, la sanción será de 1 millón 0085 mil 700 pesos.
“Todas estas medidas ya fueron aprobadas por el consejo municipal de protección civil y lo que buscan es proteger a las familias, que la autoridad pueda contar con los instrumentos necesarios para hacerlo incluso por la forma adecuada”, dijo.
El proceso en caso de que alguien cometa una de estas faltas, es que la o las personas serán aseguradas por la Dirección de Seguridad Pública Municipal, presentados ante un juez cívico, quien valorará la cuestión y por consiguiente aplicar una multa.