En el mes de mayo las personas trabajadoras deben recibir el reparto de utilidades según lo establece la Ley Federal del Trabajo y el no cumplimiento de esta obligación conlleva multas que van de 250 (27 mil 142.5 pesos) a 5 mil veces (542 mil 850 pesos) la Unidad de Medida y Actualización precisó la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
El pago de utilidades debe hacerse a más tardar el 30 de mayo en el caso de los trabajadores que laboran para una persona moral (empresa), mientras que las personas que trabajan para una persona física (empleador), deberán recibir el pago a más tardar el 29 de junio.
Es necesario especificar que todas las empresas y patrones que hayan registrado utilidades en su declaración por el ejercicio 2023 tienen la obligación de repartir entre sus empleados las mismas.
En caso de no recibir el pago de utilidades en tiempo y forma, las personas trabajadoras cuentan con un plazo de un año, contado a partir del día siguiente a la fecha límite establecida para reclamarlo ante la autoridad laboral.
Los colaboradores que no reciban su reparto de utilidades en las fechas establecidas, pueden acudir al Centro de Conciliación Laboral (CCL), con la finalidad de recibir asesoría gratuita y sin necesidad de intermediarios, donde derivado del caso concreto, se podrá citar al empleador o, en su caso, asesorar para acudir a los nuevos Tribunales Laborales a presentar la demanda correspondiente.
Los servicios que se brindan en el CCL son totalmente gratuitos, en este sentido, los trabajadores serán atendidos por personal profesional y calificado en el tema de las utilidades o de cualquier otro asunto en donde se presente una violación a los derechos de los trabajadores.
Cabe destacar que en el 2023 el personal del Centro de Conciliación Laboral brindó 205 asesorías de este tema.
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