Valida TEE varios resultados electorales en siete municipios y dos distritos electorales

Además, el Tribunal Estatal Electoral declaró existentes algunas de las infracciones denunciadas por el Partido Acción Nacional

Fernando Reyes / El Heraldo de Chihuahua

  · miércoles 3 de julio de 2024

Foto: Tribunal Estatal Electoral

Durante sesión del pleno del Tribunal Estatal Electoral, se resolvieron algunos juicios de inconformidad en los que se impugnaron los resultados de la votación recibida en la pasada jornada electoral.

Algunos de los resultados validados corresponden a elecciones de ayuntamientos, diputaciones y sindicaturas, que por distintos motivos fueron impugnadas por los partidos políticos o candidatos.

Del estudio de los asuntos, no hubo modificación respecto de las candidaturas que en cada caso obtuvieron el triunfo en los municipios de Uruachi, Gómez Farías, Ascensión, Aldama, Saucillo, Namiquipa y Carichí, así como de las elecciones de los Distritos Electorales Locales 10 y 12.

Por otra parte, el Tribunal Estatal Electoral, declaró existentes las infracciones denunciadas por el Partido Acción Nacional en los procedimientos especiales sancionadores de clave 346 y 387 de este año, en contra Soledad Sánchez Mendoza, entonces candidata a la Presidencia Municipal de Hidalgo del Parral.

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Esto luego de que se acreditó la entrega de garrafones de agua, así como ofertar el suministro de agua a la ciudadanía parralense, por lo que fue impuesta una amonestación pública a la denunciada y al partido Movimiento Ciudadano por su falta al deber de cuidado.

Asimismo, diversas personas fueron sancionadas con motivo de la difusión de propaganda electoral con aparición de niñas, niños y/o adolescentes, actualizándose las siguientes sanciones:

Multa a María Esther Mejía Cruz, así como la falta al deber de cuidado atribuida a Movimiento Ciudadano. Amonestación pública para Guillermo Gómez Lizárraga y la falta de deber de cuidado atribuida a los partidos Morena y PT. Amonestación pública a Soledad Sánchez Mendoza, así como la falta de deber de cuidado atribuida a MC.

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En la sesión, los magistrados del TEE resolvieron desechar los recursos de revisión del procedimiento especial sancionador 388 y su acumulado 389 ambos de este año, por haberse presentado de manera extemporánea.