La Comisión de Igualdad del Congreso del Estado aprobó este viernes un par de dictámenes que buscan eliminar la brecha de desigualdad entre hombres y mujeres en diferentes rubros, los cuales enviarán al Pleno para su debida votación, la cual, de validarse, sería de gran beneficio para las chihuahuenses.
En primera instancia, se adecuaron algunas palabras en los Artículos 403 y 412 del Código Civil del Estado con las que se pretende incluir a ambos padres de familia en la toma de decisiones respecto a los bienes de sus hijos menores de edad fungiendo como administradores de los mismos.
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Es así como el Artículo 403 pretende quedar redactado de la siguiente manera: “Cuando la patria potestad se ejerza a la vez por el padre y la madre o por el abuelo o la abuela o por los adoptantes, la administración de los bienes será conjunta y se requerirá el consentimiento expreso de ambas personas para los actos más importantes de la administración”.
Por su parte, el Artículo 412 establecerá que “cuando por la ley o por la voluntad de quienes ejerzan la patria potestad, la hija o el hijo tenga la administración de los bienes, se le considerará respecto de la administración como emancipado con la restricción que establece la ley para enajenar, gravar o hipotecar bienes raíces”.
En ese tenor, las modificaciones contemplan básicamente incluir a ambos padres en la toma de decisiones respecto a los bienes con los que los hijos cuenten gracias a una herencia, por ejemplo, o en caso de que alguno de los padres pretenda dejarle algún beneficio luego del divorcio de los tutores.
Por otra parte, se dio luz verde en relación al dictamen que modifica la Constitución Política del Estado de Chihuahua, así como de la Ley de Igualdad entre Mujeres y Hombres del Estado de Chihuahua, con el objetivo de eliminar la brecha salarial existente a la fecha en la entidad.
Con estas reformas se establece que todo el personal del servicio público del Estado deberá recibir una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión que deberá a ser proporcional a sus responsabilidades.
“A igual trabajo, desempeñado en puesto, jornada y condiciones también iguales, corresponde, con independencia de su denominación, igual salario, sin distinción de género”, establece una de las modificaciones.
En otro apartado se establece que el Estado deberá diseñar e implementar programas y acciones tendientes a “promover, difundir y fomentar la igualdad laboral y no discriminación en los centros de trabajo”, como una medida para eliminar la brecha de desigualdad salarial que se tiene a la fecha en la entidad.