La calle prolongación de la avenida Heroico Colegio Militar, a la altura de la calle Monte Albán, en la colonia Quintas Carolinas Etapa I, ha sido invadida por vehículos desarmados, lo que implica una violación al Reglamento de Limpia, Recolección, Traslado y Disposición Final de Residuos Sólidos No Peligrosos para el Municipio de Chihuahua.
Los autos y las autopartes, se encuentran sobre la banqueta, impidiendo el paso a las personas, en un carril de circulación, y en un terreno que divide la avenida principal de la prolongación.
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Es de destacar que el Reglamento de Limpia, Recolección, Traslado y Disposición Final de Residuos Sólidos no Peligrosos para el Municipio de Chihuahua, en el Capítulo IV, que aborda el tema de las prohibiciones, en el artículo 37, numeral XVI, detalla que queda prohibido abandonar en la vía pública vehículos automotores.
Y posteriormente, en el artículo 39, del Capítulo V, sobre el procedimiento para la limpieza de lotes baldíos e inmuebles abandonados y retiro de muebles en la vía pública, señala que para aquellos vehículos abandonados, o que no estén en condiciones de circular, se realizará inspección del mueble, recabando pruebas visuales que denoten la situación actual del mismo, recabándose los datos de identificación, o bien, asentando la ausencia de los mismos.
Luego de la inspección, en caso de existir datos que hagan presumible la identificación del propietario, se solicitará por oficio a la autoridad competente, en este caso la Subdirección de Vialidad, del Gobierno del Estado de Chihuahua, que corrobore los datos de identificación de vehículo abandonado y proporcione la información del propietario.
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En el artículo, se detalla que si los datos de identificación del vehículo corresponden con los proporcionados mediante oficio por la autoridad competente y se cuenta además con la información del propietario, se solicitará a la autoridad estatal que retire el vehículo de la vía pública.
En el caso de que el vehículo abandonado no cuente con datos de identificación; o si es que de los oficios que rinda la autoridad competente se desprende que no es posible identificar al propietario, la Dirección colocará un aviso en el vehículo abandonado informando que procederá a su retiro en un término que no excederá de 24 horas y transcurrido el término se retirará el vehículo de la vía pública.
Para lo cual, se levantará el acta donde se consten las evidencias que motivaron para proceder con el retiro del vehículo abandonado, mismo que será resguardado y tasado por peritos.
Para finalizar, se fijarán avisos en los que se dará a conocer en la medida de lo posible las características del auto, el lugar de donde se retiró y la fecha en que fue retirado, que se publicarán durante un mes, de diez en diez días, en el tablero de avisos de la Presidencia Municipal y/o en la página de Internet del Municipio. Si no fuera reclamado, se rematará.