En apego al artículo 11 del Reglamento de Actividades Comerciales, Industriales y de Servicios del Municipio de Chihuahua, que a la letra dice: “ningún establecimiento que desarrolle actividades comerciales, industriales o de prestación de servicios en el municipio podrá realizar publicidad o abrir al público, sin la licencia o permiso, otorgados por la subdirección de Gobernación Municipal”, se realizó la clausura del cobro de los estacionamientos de corta y larga estancia del Aeropuerto Internacional Roberto Fierro.
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Dicha clausura de carácter temporal de hasta 30 días, se realizó dado que el prestador del servicio no tuvo la capacidad de acreditar y presentar la licencia de funcionamiento del establecimiento.
Como se ha mencionado esta determinación de la autoridad se realizó en apego al referido reglamento y forma parte del seguimiento al exhorto aprobado en sesión de cabildo del pasado miércoles 9 de octubre.
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