Contar con fuero constitucional no garantiza impunidad: expertos

Funcionarios con carpetas de investigación deben enfrentar la justicia una vez concluido el periodo de su cargo.

Fernando Reyes | El Heraldo de Chihuahua

  · domingo 6 de diciembre de 2020

El INE en Chihuahua pretende buscar otra estrategia de difusión de las casillas para que la ciudadanía acuda a votar, dejando de lado a los medios de comunicación masivos que cuentan con mayor alcance en la ciudad como en el resto del estado a través de sus impresiones / Archivo

Los diputados y senadores que pidan licencia para participar en el proceso electoral 2021 automáticamente pierden su inmunidad constitucional y quienes tengan carpetas de investigación pueden ser presentados ante un juez y ser procesados penalmente, así lo comentó el abogado constitucionalista Rodolfo Villalobos del Rosal.

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La inmunidad constitucional, o como se le conoce comúnmente, fuero constitucional, consiste en otorgar cierta protección para que un servidor público de primer nivel no pueda ser procesado penalmente, sin embargo eso no significa que le permita permanecer en la impunidad.

El académico explicó que en caso de que un funcionario que goce de la inmunidad constitucional cometa un delito, el ministerio público podrá llevar a cabo la integración de una carpeta de investigación y hacer todas las diligencias y lo relativo al proceso de investigación, pero al momento en que se determine que se cuenta con los elementos probatorios y se pretenda llevarlo ante un juez esa acción penal no puede ser realizada, al menos que se realice la declaración de procedencia, o como coloquialmente se le llama, el desafuero.

En el caso de los funcionarios de índole federal, la declaración de procedencia debe ser presentada ante el Congreso de la Unión, en el caso de los servidores públicos estatales, será el Congreso del Estado el que avale o deseche esa solicitud, la que debe ser presentada directamente por la fiscalía que realice la investigación en contra del sujeto.

Villalobos del Rosal añadió que la naturaleza del fuero o la inmunidad obedece a la intención de permitir que el funcionario desempeñe su encargo libremente y evitar situaciones donde se pretenda iniciar procesos e investigaciones de índole política o con el fin de entorpecer sus funciones.

En este sentido, Rodolfo Villalobos destacó que cuando un servidor público de primer nivel comete un delito, la inmunidad constitucional lo protegerá sólo hasta que concluya su gestión dentro del cargo que ocupa, pues precisamente esa figura brinda protección al cargo y no al sujeto; esto significa que al momento en que se concluye con el puesto ocupado éste deberá enfrentar la justicia.

Sobre esto el abogado detalló que el tiempo que dure el sujeto en sus funciones donde goce de fuero, no cuenta dentro del tiempo en que prescribe un delito, es decir, si el servidor público cometió un delito que prescribe entre tres años, pero su gestión con goce de fuero dura seis años, puede ser sometido ante la justicia tomando en cuenta el tiempo desde que se cometió el delito y continuando una vez acabó su periodo como funcionario, es decir, eso elimina la posibilidad de la impunidad.

Agregó que cuando una declaración de procedencia o desafuero es aprobado por uno de los congresos, no significa que el servidor público deje el cargo que ocupa, sino que permite enfrentar a un juez pero sigue dentro de sus funciones, sin embargo si se le declara culpable, entonces sí se procede a separarlo del cargo y enfrentar el proceso penal.

Otro de los abogados constitucionalistas consultado por El Heraldo de Chihuahua explicó que al momento tanto el Congreso de la Unión como el Congreso del Estado pueden votar en contra de la declaración de procedencia, permitiéndole al funcionario señalado continuar con su fuero, pero una vez concluido su cargo, tendrá que afrontar el proceso en su contra.

Sobre esto recalcó que la aprobación o no del desafuero consiste en que se determine que el delito por el que se le acusa tiene la gravedad que amerite dicho procedimiento, pero existe la posibilidad de que se defina que no es grave, se le permita llevar su gestión con normalidad y posteriormente que enfrente el debido proceso.

En el caso de los funcionarios que solicitan licencia a su cargo, el experto en Derecho subrayó que estos quedan desaforados de manera inmediata, pues esa inmunidad constitucional pasará directamente a la nueva persona que ocupe la vacante.

Añadió que quienes cuentan con inmunidad constitucional son los gobernadores de las entidades federativas, los diputados estatales, los legisladores federales de ambas cámaras, los jueces de primera instancia y magistrados tanto de nivel local como federal, los ministros de la corte y los integrantes de los consejos de los órganos colegiados y autónomos, como los de transparencia, Derechos Humanos y electorales.

Cabe mencionar que el panista Gustavo Madero y el senador Cruz Pérez Cuéllar aspiran a la candidatura a la gubernatura por Chihuahua; ambos políticos cuentan actualmente con carpetas de investigación abiertas por presuntos actos de corrupción.

En el caso del panista Gustavo Madero, se le señala como partícipe en un acto de desvío de cerca de 20 millones de pesos de la Comisión Estatal de Seguridad, aun con dicha investigación, el pasado 27 de noviembre solicitó licencia como senador; por su parte Pérez Cuéllar cuenta con una solicitud de desafuero presentada por la Fiscalía General del Estado de Chihuahua, por presuntamente haber recibido dinero de manera ilegal, por parte del exgobernador César Duarte; en este caso el senador no ha solicitado licencia y aún goza de la inmunidad constitucional.

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Foto: Cortesía

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