Consignan a autoridad federal a ciudadano chino que cazaba aves en el vado

Hasta el momento se desconoce cuántas aves cazó el joven, en tanto que el día de su arresto se le localizó tres palomas y una garza

Eduardo González

  · viernes 13 de septiembre de 2019

Foto: cortesía

El cazador chino detenido por agentes municipales en Meoqui, fue consignado a autoridades federales quienes definirán su situación jurídica, en tanto que la presidencia municipal informó que el hombre tenía por lo menos un mes realizando labores de caza en la zona del Vado, y al ser reportado por ciudadanos al 911, lograba escapar de las autoridades.

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El individuo fue capturado por elementos de la policía Ecológica de dicho municipio al ser encontrado dentro de la flagrancia cazando dentro de un área natural protegida, sin embargo tanto en la legislación local y Nacional no contemplan pena carcelaria sino administrativa.

Hasta el momento se desconoce cuántas aves cazó el joven, en tanto que el día de su arresto se le localizó tres palomas y una garza, sin vida y tampoco se ha determinado el fin para el cual cazaba las aves, lo cual es investigado por las autoridades.

Además las autoridades le incautaron un rifle de postas con mira telescópica y tanto las autoridades municipales de Meoqui y de la Fiscalía General del Estado, no pudieron obtener mayores datos debido al idioma, por lo que rápidamente fue entregado a autoridades federales que en las próximas horas analizarán su situación y posible deportación.

Oficiales que participaron en su arresto manifestaron, que el ciudadano en todo momento se negó a declarar y únicamente pedía un abogado con un idioma español poco comprensible.

La ley Estatal de Vida Silvestre, contempla un arresto de 36 horas, sin embargo el marco legal de la ley federal con el mismo nombre tipifica una multa de 200 a 75 mil UMAS, lo que se traduce en el pago de 16 mil pesos como mínima y hasta más de 6 millones de pesos como máxima.

En la Sección I, de la reglamentación estatal en su apartado de caza se indica: “Artículo 154. Queda estrictamente prohibida la caza sin el permiso o licencia correspondiente emitida por la autoridad competente. En todo caso, quien realice esta actividad deberá contar con el correspondiente permiso o licencia vigente.

La cacería con permisos o licencias vencidas, importarán para el responsable las mismas sanciones que son aplicables a los cazadores furtivos.

Los excesos o violaciones a las facultades que expresamente conceden las autoridades en lo relativo a la cacería, se sancionará conforme a derecho. Igualmente se procederá cuando se usen armas no permitidas o cuando se emplee crueldad hacia los animales de presa.

Artículo 155. Ninguna persona podrá cazar, capturar, agredir, poseer, transportar, vender, exhibir o comprar especímenes, productos o subproductos de especies vedadas de la fauna silvestre sin estar autorizado para ello.

Se prohíbe también la venta ambulante de especies silvestres vivas o disecadas sin los permisos correspondientes.

En el artículo 122 de la Ley Federal de Vida Silbvestre se indica… se sancionará con el equivalente de 200 a 75000 veces la Unidad de Medida y Actualización a quien cometa la infracción señalada:

III. Realizar actividades de aprovechamiento que impliquen dar muerte a ejemplares de la vida silvestre, sin la autorización correspondiente o en contravención a los términos en que ésta hubiera sido otorgada y a las disposiciones aplicables

En la legislación existe el apartado de Aprovechamiento Sustentable de la Vida Silvestre para Subsistencia Artículo 144. Las personas que habiten en zonas rurales del Estado, podrán practicar la caza, captura y procesamiento de especies silvestres para su consumo alimentario directo.

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