El diputado Omar Bazán denunció al doctor Ernesto Ávila Valdez , ante la Fiscalía Especializada del Combate a la Corrupción, por el probable delito de Uso Ilegal de Atribuciones y Facultades previsto en el artículo 261 del Código Penal del Estado, durante su gestión en 2018 como titular del Instituto Chihuahuense de la Salud.
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Bazán explicó de acuerdo a la revisión efectuada por la Auditoría Superior del Estado, se encontraron supuestas irregularidades e incumplimiento en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, Ley de Presupuesto de Egresos, Contabilidad Gubernamental y Gasto Público del Estado de Chihuahua; Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Chihuahua; Ley del Instituto Chihuahuense de Salud, Reglamento Interior del Instituto Chihuahuense de Salud y Ley Estatal de Salud.
Cabe destacar que el 22 de mayo de 2019, la Auditoria Superior de Chihuahua, inició la auditoría al Instituto Chihuahuense de Salud, con el objetivo de fiscalizar la gestión financiera del ejercicio 2018. Los resultados, observaciones y recomendaciones de la ASE fueron enviados a la Comisión de Fiscalización del Congreso del Estado de Chihuahua pero aún no ha sido dictaminado, lamentó el legislador priista.
Entre los hallazgos, la Auditoría Superior del Estado encontró una violación a la Ley General de Contabilidad Gubernamental por la falta de un Sistema de Contabilidad Gubernamental para la administración de los recursos públicos. Además una adjudicación directa en la adquisición del servicio integral de nutrición parenteral para las Unidades Médicas del ICHISAL, a favor del proveedor Productos Hospitalarios, S.A. de C.V., por un importe mínimo de $3,285,663.36 IVA incluido y un importe máximo de $8,214,158.40 IVA incluido, celebrado el 26 de marzo de 2018, con una vigencia al 31 de diciembre de 2018.
De acuerdo con el diputado, la dependencia debió convocar a una lícitación pública pues no se encontraron elementos para argumentar que se trataba de un caso fortuito o de fuerza mayor.
Agregó que el 23 de marzo de 2018, el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios, aprobó por adjudicación directa la contratación de suministro y aplicación de pintura en el exterior del edificio y barandales perimetrales del Hospital Infantil de Especialidades, con la empresa Inmobilite de Chihuahua, S.A. de C.V., por la cantidad de $800,516.00 I.V.A. incluido, con una vigencia al 31 de diciembre de 2018.
El supuesto pago se realizó el 22 de mayo de 2018 y el proveedor se comprometió a entregar una póliza de fianza equivalente al 10% del monto total adjudicado, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, misma que sería devuelta una vez cumplido el contrato en todos sus términos, lo que no ocurrió.
Pero además, sostuvo Omar Bazán en la denuncia, meses después la ASE realizó una inspección física y documental, en la que de acuerdo al Jefe de Servicios Generales, se pintaron los muros, barandales y botes de basura del Hospital.
Sin embargo no se encontró la documentación que acredite la supervisión realizada por parte del Instituto, incumpliéndose lo estipulado en la cláusula novena del contrato. Por otra parte, el 29 de mayo de 2019, la Auditoría Superior del Estado solicitó el expediente completo del procedimiento de adjudicación al proveedor Aseo y Recolección Estrada, S.A. de C.V.
Los auditores no encontraron la fianza de evicción, vicios ocultos, daños y cualquier otra responsabilidad en que se haya incurrido. En el informe técnico de resultados, la Auditoría recomendó al Instituto Chihuahuense de Salud fortalezca los criterios y lineamientos para los procesos de condonaciones y cobros por la prestación de servicios médicos, derivados de los estudios socio económicos que se apliquen.
“Lo que ocurre es que las condonaciones de servicios con cargo al erario público se hacen de forma discrecional, lo cual puede ser constitutivo de delito”, señaló el diputado Bazán Flores. El también vicepresidente del Congreso, señaló en su denuncia ante la Fiscalía Anticorrupción que las irregularidades encontradas por la Auditoría Superior del Estado pueden ser constitutivas de delito previsto en el artículo 261 fracción I incisos c) y d) del Código Penal del Estado.
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