/ miércoles 30 de junio de 2021

Desecha INE queja de Maru vs Morena; por supuestos gastos de campaña

El INE consideró que los hechos denunciados no tienen relación alguna con posibles infracciones

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral desechó la queja interpuesta por María Eugenia Campos Galván contra candidatos de la Coalición Juntos Haremos Historia por Chihuahua, por supuestos gastos de campaña no declarados en su momento. Las autoridades concluyeron que el asunto debe ser declarado por el Instituto Estatal Electoral.

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Bajo el expediente INE/QCOF-UTF/207/2021/CHIH, la entonces candidata de Acción Nacional a la gubernatura, María Eugenia Campos Galván presentó una queja en contra de la Coalición “Juntos Haremos Historia en Chihuahua”, así como de su candidato a la gubernatura del estado de Chihuahua el Juan Carlos Loera de la Rosa; y en contra del candidato a la Diputación Local por el Distrito V el Benjamín Carrera Chávez.

Lo anterior, denunciando hechos que considera podría constituir infracciones a la normatividad electoral en materia de fiscalización, a través de la página de Facebook denominada De gente común.com.

El argumentó presentado fue que la página de Facebook, como la página de internet vinculada a ella (http://degentecomun.com) ha servido como herramienta de posicionamiento principalmente de temas relacionados al partido político Morena y del Presidente de la República, dentro de lo cual se pueden identificar diversas notas presuntamente "informativas", los cuales fueron señalados por la quejosa como propaganda encubierta en favor de algunas claras opciones políticas del citado partido.

Sin embargo, el INE consideró que los hechos denunciados no tienen relación alguna con posibles infracciones sobre el origen, monto, destino y manejo de los recursos de los partidos políticos y demás personas obligadas

“Es fundamental que la autoridad electoral local resuelva primero sobre el carácter y existencia de las publicaciones denunciadas y su correspondiente relación con los denunciados. En razón de lo anterior, toda vez que del escrito de queja se consignan hechos que podrían ubicarse en los supuestos aludidos, resulta indispensable que las conductas atinentes sean investigadas por aquella autoridad electoral local, y en su caso, emita el pronunciamiento que conforme a derecho corresponda”, resolvió el INE.

Asimismo, se indica que ante la lectura integral a los escritos de queja, lo que en realidad se denuncia es la realización de una “campaña negativa”, se desprende que en la pretensión de denuncia descansa la premisa de la existencia de propaganda política-electoral en contra de la María Eugenia Campos Galván, en su calidad de candidata a la gubernatura del estado de Chihuahua.

Ante las pruebas presentadas por la entonces candidata, el INE concluyó que 43 de las publicaciones denunciadas por la parte quejosa, no coinciden con las fechas establecidas para los periodos de precampaña y/o campaña, e inclusive algunas son previas al inicio del Proceso Electoral Local 2020-2021.

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral desechó la queja interpuesta por María Eugenia Campos Galván contra candidatos de la Coalición Juntos Haremos Historia por Chihuahua, por supuestos gastos de campaña no declarados en su momento. Las autoridades concluyeron que el asunto debe ser declarado por el Instituto Estatal Electoral.

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Bajo el expediente INE/QCOF-UTF/207/2021/CHIH, la entonces candidata de Acción Nacional a la gubernatura, María Eugenia Campos Galván presentó una queja en contra de la Coalición “Juntos Haremos Historia en Chihuahua”, así como de su candidato a la gubernatura del estado de Chihuahua el Juan Carlos Loera de la Rosa; y en contra del candidato a la Diputación Local por el Distrito V el Benjamín Carrera Chávez.

Lo anterior, denunciando hechos que considera podría constituir infracciones a la normatividad electoral en materia de fiscalización, a través de la página de Facebook denominada De gente común.com.

El argumentó presentado fue que la página de Facebook, como la página de internet vinculada a ella (http://degentecomun.com) ha servido como herramienta de posicionamiento principalmente de temas relacionados al partido político Morena y del Presidente de la República, dentro de lo cual se pueden identificar diversas notas presuntamente "informativas", los cuales fueron señalados por la quejosa como propaganda encubierta en favor de algunas claras opciones políticas del citado partido.

Sin embargo, el INE consideró que los hechos denunciados no tienen relación alguna con posibles infracciones sobre el origen, monto, destino y manejo de los recursos de los partidos políticos y demás personas obligadas

“Es fundamental que la autoridad electoral local resuelva primero sobre el carácter y existencia de las publicaciones denunciadas y su correspondiente relación con los denunciados. En razón de lo anterior, toda vez que del escrito de queja se consignan hechos que podrían ubicarse en los supuestos aludidos, resulta indispensable que las conductas atinentes sean investigadas por aquella autoridad electoral local, y en su caso, emita el pronunciamiento que conforme a derecho corresponda”, resolvió el INE.

Asimismo, se indica que ante la lectura integral a los escritos de queja, lo que en realidad se denuncia es la realización de una “campaña negativa”, se desprende que en la pretensión de denuncia descansa la premisa de la existencia de propaganda política-electoral en contra de la María Eugenia Campos Galván, en su calidad de candidata a la gubernatura del estado de Chihuahua.

Ante las pruebas presentadas por la entonces candidata, el INE concluyó que 43 de las publicaciones denunciadas por la parte quejosa, no coinciden con las fechas establecidas para los periodos de precampaña y/o campaña, e inclusive algunas son previas al inicio del Proceso Electoral Local 2020-2021.

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