El Acuerdo 089/2021, publicado en su versión digital en el Periódico Oficial del Estado, establece que a partir de este día todos los espacios cerrados en los que se lleven a cabo actividades económicas y sociales deberán utilizar un medidor de dióxido de carbono para conocer la cantidad del CO2 en los espacios, mantener una ventilación adecuada y así evitar contagios por SARS-CoV2.
El acuerdo establece que la utilización de dicho aparato ayudará a controlar la calidad del aire, pues en espacios cerrados con varias personas se pueden originar más contagios, debido a que el CO2 se desprende en la respiración o combustiones.
Lo anterior forma parte de las modificaciones del semáforo amarillo del Covid-19, en que tanto restaurantes como bares y centros nocturnos podrán operar con su horario normal y un aforo del 50%, pero también deberán implementar dicha medida preventiva
En el caso de salones de eventos, haciendas y granjas, se permite un aforo del 50%, con un máximo de 300 personas con previo aviso a la autoridad, siguiendo las medidas de prevención establecidas por el Consejo Estatal de Salud, que se deben seguir en todos los negocios. Dichas medidas son uso de cubrebocas, distancia de 1.50 m entre personas, contra con gel antibacterial y desinfección de los espacios, pero a esto se agrega el aparato de medición del CO2.
En el caso de los salones infantiles tienen la autorización de un 30% de aforo, como se estableció desde hace un par de semanas, y sólo se agrega el medidor de CO2. Los eventos masivos en lugares cerrados pueden llevarse a cabo con 50% de aforo, uso de cubrebocas y el uso del mismo medidor.
Los casinos tienen permitido un aforo 50%, con una estancia máxima de tres horas, y horario normal, de acuerdo con el establecimiento
Los museos, teatros y centros culturales pueden operar hasta un 50% de aforo y con un máximo de 200 personas al interior y todas las actividades deben seguir con el protocolo de seguridad para evitar dispersión de SARS-CoV-2.