/ sábado 1 de junio de 2024

Cancela TEPJF candidaturas en Guachochi por engañar a comunidad rarámuri

Es un distrito destinado a personas indígenas; empero, se denunció que las candidatas por Morena incumplieron con la adscripción a un pueblo originario

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en la Sala Guadalajara, resolvió cancelar la candidatura tanto de la aspirante a titular como de la suplente a diputados locales por Distrito 22 por el partido Morena, Francisca Ivonne Contreras Peinado y Samayra Payán Alonso, respectivamente, toda vez que se determinó se engañó a la comunidad rarámuri.

Dicho Distrito, está destinado a personas indígenas; empero, se denunció que las candidatas por Morena incumplieron con la adscripción a un pueblo originario, motivo por el cual les dio un plazo de 24 a las aspirantes de que se autodescriban a una comunidad o al partido de que sustituyan esas candidaturas.

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Fue el gobernador de la comunidad Tónachi en el municipio de Guachochi, Paulino Chaparro Ruiz, quien presentó una denuncia acusando que fue engañado para firmar la autoadscripción de las candidatas.

Primeramente, esta queja la hizo Paulino Chaparro el 6 de mayo pasado ante la Asamblea Municipal Electoral de Guachochi, en dónde acusó que Francisca Ivonne Contreras Peinado y Samayra Payán Alonso lo engañaron para firmarles las cartas de autoadscripción indígena que les permitieron registrarse como candidatas de Morena.

Posteriormente, fue ante el Tribunal Estatal Electoral (TEE), pero fue desechada al ser considerada extemporánea, dejando constancia de ello en el expediente correspondiente JDC-187/2024. El Tribunal alegó que se tardaron 23 días en impugnar cuando la ley establece un plazo de 4 días a partir de que se publique el decreto de aprobación de las candidaturas en el Periódico Oficial del Estado.

En la denuncia presentada ante la Sala Guadalajara, siguiente organismo en recibir estas faltas, el gobernador de la comunidad Tónachi, argumentó que las señaladas le pidieron firmar sin que le explicaran que se trataba de un asunto electoral, ya que le aseguraron que era un asunto educativo.

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Es así como el TEPJF propone la revocación porque contrario a lo establecido por la autoridad responsable, de “realizar un análisis con perspectiva intercultural y atendiendo la situación especial de la desventaja y vulnerabilidad de la parte actora, se arriba a la conclusión de que su demanda de juicio de la ciudadanía local debió tenerse por presentada en tiempo”.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en la Sala Guadalajara, resolvió cancelar la candidatura tanto de la aspirante a titular como de la suplente a diputados locales por Distrito 22 por el partido Morena, Francisca Ivonne Contreras Peinado y Samayra Payán Alonso, respectivamente, toda vez que se determinó se engañó a la comunidad rarámuri.

Dicho Distrito, está destinado a personas indígenas; empero, se denunció que las candidatas por Morena incumplieron con la adscripción a un pueblo originario, motivo por el cual les dio un plazo de 24 a las aspirantes de que se autodescriban a una comunidad o al partido de que sustituyan esas candidaturas.

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Fue el gobernador de la comunidad Tónachi en el municipio de Guachochi, Paulino Chaparro Ruiz, quien presentó una denuncia acusando que fue engañado para firmar la autoadscripción de las candidatas.

Primeramente, esta queja la hizo Paulino Chaparro el 6 de mayo pasado ante la Asamblea Municipal Electoral de Guachochi, en dónde acusó que Francisca Ivonne Contreras Peinado y Samayra Payán Alonso lo engañaron para firmarles las cartas de autoadscripción indígena que les permitieron registrarse como candidatas de Morena.

Posteriormente, fue ante el Tribunal Estatal Electoral (TEE), pero fue desechada al ser considerada extemporánea, dejando constancia de ello en el expediente correspondiente JDC-187/2024. El Tribunal alegó que se tardaron 23 días en impugnar cuando la ley establece un plazo de 4 días a partir de que se publique el decreto de aprobación de las candidaturas en el Periódico Oficial del Estado.

En la denuncia presentada ante la Sala Guadalajara, siguiente organismo en recibir estas faltas, el gobernador de la comunidad Tónachi, argumentó que las señaladas le pidieron firmar sin que le explicaran que se trataba de un asunto electoral, ya que le aseguraron que era un asunto educativo.

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Es así como el TEPJF propone la revocación porque contrario a lo establecido por la autoridad responsable, de “realizar un análisis con perspectiva intercultural y atendiendo la situación especial de la desventaja y vulnerabilidad de la parte actora, se arriba a la conclusión de que su demanda de juicio de la ciudadanía local debió tenerse por presentada en tiempo”.

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