/ domingo 23 de junio de 2019

Ignora irregularidades Coespris en 12 clínicas

No hay sanciones y podría provocarse un problema de salud

La falta de aplicación de sanciones más severas por parte de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Coespris) ha ocasionado un aumento exponencial de clínicas y establecimientos médicos que no cuentan con la normatividad adecuada para brindar de manera segura procedimientos médicos.

Al menos nueve clínicas en Chihuahua han presentado problema de salud pública, dentro de las inspecciones que realizó la Coespris detectaron que algunos de ellos cuentan con irregularidades que ponen en riesgo la salud de la ciudadanía, pues carecen de licencia sanitaria que les permita prestar servicios de salud en diversas áreas.

Los diversos colegios de médicos especialistas, tales como el Colegio de Cirujanos Plásticos de Chihuahua, han denunciado, en diversas ocasiones, la pasividad y omisión por parte de la Coespris, ante los problemas de regulación que se presentan actualmente en todo el sistema nacional, siendo este uno de los sectores médicos más vulnerables viéndose afectado por la falta de regulación de médicos no especialistas, lo que ha ocasionado que pacientes queden con secuelas negativas de por vida.

De acuerdo con un documento que obra en poder de esta Redacción, la Coespris cuenta con un registro de verificación sanitaria de las clínicas que de manera reiterada incumplen la normatividad necesaria para trabajar de manera segura, y aunque esta acción amerita clausura, según la Ley Estatal de Salud, a éstas se les permite seguir trabajando de manera continua.

Algunos de los establecimientos que se encuentran en la lista cuentan con una licencia sanitaria otorgada entre los años 1975 y 1995, sin tomar en cuenta que en el 2001 la comisión ordenó a las secretarías de salud regularizar las clínicas que incumplieran los requisitos básicos para trabajar de manera correcta; algunos de los requisitos son:


• Presentar plano ejecutivo arquitectónico, donde de forma integral estuviesen delimitadas áreas de estos establecimientos que prestan servicios de salud.

• Contar con contrato de prestación de servicios con ambulancias que cuenten con licencias sanitarias.

• Contar con contrato de prestación de servicios en el que un hospital le brinde servicios de urgencias y terapia intensiva.

• Tener completos los expedientes de la plantilla laboral con la que cuenta dicho establecimiento, así como de los profesionistas que rentan el quirófano, de los denominados pagos por evento.

Otra de las irregularidades presentadas proviene directamente del término de la palabra: “clínica”, el cual, según la Ley General de Salud, corresponde a establecimientos en donde se practican procedimientos quirúrgicos de corta estancia, precisando un lapso máximo de 48 horas, sin embargo algunas de ellas permiten que los pacientes estén internados por más tiempo.

De acuerdo con la Coespris, desde enero del 2018 a mayo del año en curso, un total de 12 hospitales en el estado fueron sancionados debido a faltas hacia la Ley Estatal de Salud, de las cuales resultaron 4 aseguramientos de equipo y 2 suspensiones parciales temporales en la capital, además de 4 aseguramientos con suspensión parcial temporal de actividades en hospitales de Chihuahua y Juárez, durante el 2018.

Mientras que en los primeros cinco meses del año en curso se efectuaron 2 suspensiones de actividades en hospitales de Chihuahua y Cuauhtémoc. De acuerdo con la dependencia, los nosocomios públicos y privados que cuenten con quirófano deben tener una licencia sanitaria, documentación legal y registros para equipos, así como las condiciones higiénicas del lugar y la infraestructura adecuada, de lo contrario, corresponde una suspensión temporal del establecimiento.

Dicho órgano se encarga también de realizar revisiones aleatorias y por denuncias a estéticas, spas, clínicas de belleza y clínicas de control de peso aplicándose un total de 41 sanciones en 17 meses. Durante el 2018 se realizaron 5 suspensiones, 9 aseguramientos de equipos, 13 suspensiones con aseguramiento, siendo un total de 27 sanciones. Mientras que en el 2019, se han realizado 4 suspensiones, 10 suspensiones con aseguramiento y un aseguramiento.

Todo establecimiento de los giros anteriormente mencionados, donde no se practiquen procedimientos quirúrgicos, deben contar con un aviso de funcionamiento, el cual debe estar a la vista del usuario y contener los datos como la dirección y el representante legal. Además el aviso de responsable sanitario (médico), bitácora diaria de pacientes con el respectivo procedimiento y anuncio que indique la institución que lo expide y horario de funcionamiento

La documentación de los profesionales de salud (médicos, enfermeras, técnicos y auxiliares) que laboran en el establecimiento debe estar completa. Si se expiden recetas éstas deben tener nombre del médico, institución que expide el título, número profesional, domicilio del establecimiento, fecha de expedición y en su caso número de cédula de especialidad.

De acuerdo con el documento antes mencionado, se tiene conocimiento de 9 clínicas, que a pesar de haber recibido diversas amonestaciones, siguen trabajando ante los ojos de la autoridad.

Fuentes al interior de la comisión declaran que las clínicas a pesar de tener irregularidades, trabajan de manera continua sin que la autoridad proceda de manera legal, lo que reitera la pasiva manera de trabajo.

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Los diversos colegios de médicos especialistas, tales como el Colegio de Cirujanos Plásticos de Chihuahua, han denunciado, en diversas ocasiones, la pasividad y omisión por parte de la Coespris, ante los problemas de regulación que se presentan actualmente en todo el sistema nacional, siendo este uno de los sectores médicos más vulnerables viéndose afectado por la falta de regulación de médicos no especialistas, lo que ha ocasionado que pacientes queden con secuelas negativas de por vida.

De acuerdo con un documento que obra en poder de esta Redacción, la Coespris cuenta con un registro de verificación sanitaria de las clínicas que de manera reiterada incumplen la normatividad necesaria para trabajar de manera segura, y aunque esta acción amerita clausura, según la Ley Estatal de Salud, a éstas se les permite seguir trabajando de manera continua.

Algunos de los establecimientos que se encuentran en la lista cuentan con una licencia sanitaria otorgada entre los años 1975 y 1995, sin tomar en cuenta que en el 2001 la comisión ordenó a las secretarías de salud regularizar las clínicas que incumplieran los requisitos básicos para trabajar de manera correcta; algunos de los requisitos son:


• Presentar plano ejecutivo arquitectónico, donde de forma integral estuviesen delimitadas áreas de estos establecimientos que prestan servicios de salud.

• Contar con contrato de prestación de servicios con ambulancias que cuenten con licencias sanitarias.

• Contar con contrato de prestación de servicios en el que un hospital le brinde servicios de urgencias y terapia intensiva.

• Tener completos los expedientes de la plantilla laboral con la que cuenta dicho establecimiento, así como de los profesionistas que rentan el quirófano, de los denominados pagos por evento.

Otra de las irregularidades presentadas proviene directamente del término de la palabra: “clínica”, el cual, según la Ley General de Salud, corresponde a establecimientos en donde se practican procedimientos quirúrgicos de corta estancia, precisando un lapso máximo de 48 horas, sin embargo algunas de ellas permiten que los pacientes estén internados por más tiempo.

De acuerdo con la Coespris, desde enero del 2018 a mayo del año en curso, un total de 12 hospitales en el estado fueron sancionados debido a faltas hacia la Ley Estatal de Salud, de las cuales resultaron 4 aseguramientos de equipo y 2 suspensiones parciales temporales en la capital, además de 4 aseguramientos con suspensión parcial temporal de actividades en hospitales de Chihuahua y Juárez, durante el 2018.

Mientras que en los primeros cinco meses del año en curso se efectuaron 2 suspensiones de actividades en hospitales de Chihuahua y Cuauhtémoc. De acuerdo con la dependencia, los nosocomios públicos y privados que cuenten con quirófano deben tener una licencia sanitaria, documentación legal y registros para equipos, así como las condiciones higiénicas del lugar y la infraestructura adecuada, de lo contrario, corresponde una suspensión temporal del establecimiento.

Dicho órgano se encarga también de realizar revisiones aleatorias y por denuncias a estéticas, spas, clínicas de belleza y clínicas de control de peso aplicándose un total de 41 sanciones en 17 meses. Durante el 2018 se realizaron 5 suspensiones, 9 aseguramientos de equipos, 13 suspensiones con aseguramiento, siendo un total de 27 sanciones. Mientras que en el 2019, se han realizado 4 suspensiones, 10 suspensiones con aseguramiento y un aseguramiento.

Todo establecimiento de los giros anteriormente mencionados, donde no se practiquen procedimientos quirúrgicos, deben contar con un aviso de funcionamiento, el cual debe estar a la vista del usuario y contener los datos como la dirección y el representante legal. Además el aviso de responsable sanitario (médico), bitácora diaria de pacientes con el respectivo procedimiento y anuncio que indique la institución que lo expide y horario de funcionamiento

La documentación de los profesionales de salud (médicos, enfermeras, técnicos y auxiliares) que laboran en el establecimiento debe estar completa. Si se expiden recetas éstas deben tener nombre del médico, institución que expide el título, número profesional, domicilio del establecimiento, fecha de expedición y en su caso número de cédula de especialidad.

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