/ miércoles 2 de diciembre de 2020

Inicia registro para apoyos a deudos de muertes por Covid-19

Como requisitos deben entregar acta de defunción, declaratoria bajo protesta de decir verdad de que los recursos serán utilizados en bien de la economía familiar

Hoy inició el registro oficial para que deudos de personas que hayan fallecido por Covid-19, puedan recibir un apoyo de gastos funerarios por parte del Gobierno Federal, de acuerdo con la Secretaría del Bienestar, que dio a conocer el monto por persona fallecida es de 11 mil 460 pesos, por lo que en el estado se estaría superando loso 30 millones de pesos en este tipo de apoyos.

De acuerdo con la página oficial del Gobierno Federal, ya se encuentra habilitada la plataforma www.deudoscovid.gob.mx para recibir solicitudes de personas que perdieron a familiares a causa de la epidemia.

El director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Robledo Aburto, recordó que el monto definido por el Sistema Nacional de Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF) es de 11 mil 460 pesos que se entregará por persona fallecida, además que el IMSS estará apoyando en la canalización e información a deudos de fallecidos por Covid-19.

La vigencia de este programa de respaldo económico a deudos es del 18 de marzo y hasta la declaratoria del final de la emergencia sanitaria. A partir de la fecha de defunción, el familiar tiene un año para solicitar los recursos.

Las y los beneficiarios pueden ser familiares mayores de 18 años: esposa o esposo; hijas e hijos, y madres y padres. Como requisitos deben entregar acta de defunción, declaratoria bajo protesta de decir verdad de que los recursos serán utilizados en bien de la economía familiar tras el gasto funerario y acreditar el parentesco.

Desde la elaboración de la solicitud, el tiempo de espera es de una semana. Posterior a la aprobación, pueden recibir los recursos en su cuenta bancaria o a través de un folio que se presenta en ventanilla bancaria.

Para completar la solicitud de apoyo, se debe tener a la mano el acta de defunción de la persona y la documentación que acredite el parentesco

El solicitante puede ser: padre, madre, esposa, esposo, concubina, concubino, hija, hijo (mayores de 18 años) u otro familiar que acredite el parentesco.

Para recibir el apoyo: podrá ser a través de una cuenta bancaria a nombre del solicitante o en efectivo en oficinas del DIF a nivel nacional.

Al ingresar a la página se indica a las personas cuál es la finalidad de recabar datos personales, y estos se solicitan con el objetivo de administrar y coordinar las acciones enfocadas al otorgamiento de un apoyo económico dirigido a deudos de personas fallecidas por Covid-19, con el propósito de contribuir con los gastos de servicios funerarios, de conformidad con lo dispuesto en los Lineamientos ante la emergencia sanitaria derivada de la pandemia del virus SARS-CoV-2, para el otorgamiento de apoyos para gastos funerarios a familiares de personas fallecidas por la enfermedad COVID-19.

En la misma página, se informa, Se informa que no se realizarán transferencias, difusión y distribución de datos personales, salvo aquellas que sean necesarias para atender requerimientos de información de una autoridad en ejercicio de sus atribuciones, que estén debidamente fundados y motivados. Sólo tendrán acceso a esta información el titular de los datos, sus representantes legales y los servidores públicos facultados para ello.

Además, quien realiza el trámite, debe firmar bajo protesta de decir verdad, que los datos y la documentación proporcionada es verídica, por lo que, en caso de existir falsedad en ella (refiere el documento) “tengo conocimiento que se aplicaran las sanciones administrativas y penas establecidas en los ordenamientos respectivos, conforme a lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y 244 del Código Penal Federal”.


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Hoy inició el registro oficial para que deudos de personas que hayan fallecido por Covid-19, puedan recibir un apoyo de gastos funerarios por parte del Gobierno Federal, de acuerdo con la Secretaría del Bienestar, que dio a conocer el monto por persona fallecida es de 11 mil 460 pesos, por lo que en el estado se estaría superando loso 30 millones de pesos en este tipo de apoyos.

De acuerdo con la página oficial del Gobierno Federal, ya se encuentra habilitada la plataforma www.deudoscovid.gob.mx para recibir solicitudes de personas que perdieron a familiares a causa de la epidemia.

El director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Robledo Aburto, recordó que el monto definido por el Sistema Nacional de Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF) es de 11 mil 460 pesos que se entregará por persona fallecida, además que el IMSS estará apoyando en la canalización e información a deudos de fallecidos por Covid-19.

La vigencia de este programa de respaldo económico a deudos es del 18 de marzo y hasta la declaratoria del final de la emergencia sanitaria. A partir de la fecha de defunción, el familiar tiene un año para solicitar los recursos.

Las y los beneficiarios pueden ser familiares mayores de 18 años: esposa o esposo; hijas e hijos, y madres y padres. Como requisitos deben entregar acta de defunción, declaratoria bajo protesta de decir verdad de que los recursos serán utilizados en bien de la economía familiar tras el gasto funerario y acreditar el parentesco.

Desde la elaboración de la solicitud, el tiempo de espera es de una semana. Posterior a la aprobación, pueden recibir los recursos en su cuenta bancaria o a través de un folio que se presenta en ventanilla bancaria.

Para completar la solicitud de apoyo, se debe tener a la mano el acta de defunción de la persona y la documentación que acredite el parentesco

El solicitante puede ser: padre, madre, esposa, esposo, concubina, concubino, hija, hijo (mayores de 18 años) u otro familiar que acredite el parentesco.

Para recibir el apoyo: podrá ser a través de una cuenta bancaria a nombre del solicitante o en efectivo en oficinas del DIF a nivel nacional.

Al ingresar a la página se indica a las personas cuál es la finalidad de recabar datos personales, y estos se solicitan con el objetivo de administrar y coordinar las acciones enfocadas al otorgamiento de un apoyo económico dirigido a deudos de personas fallecidas por Covid-19, con el propósito de contribuir con los gastos de servicios funerarios, de conformidad con lo dispuesto en los Lineamientos ante la emergencia sanitaria derivada de la pandemia del virus SARS-CoV-2, para el otorgamiento de apoyos para gastos funerarios a familiares de personas fallecidas por la enfermedad COVID-19.

En la misma página, se informa, Se informa que no se realizarán transferencias, difusión y distribución de datos personales, salvo aquellas que sean necesarias para atender requerimientos de información de una autoridad en ejercicio de sus atribuciones, que estén debidamente fundados y motivados. Sólo tendrán acceso a esta información el titular de los datos, sus representantes legales y los servidores públicos facultados para ello.

Además, quien realiza el trámite, debe firmar bajo protesta de decir verdad, que los datos y la documentación proporcionada es verídica, por lo que, en caso de existir falsedad en ella (refiere el documento) “tengo conocimiento que se aplicaran las sanciones administrativas y penas establecidas en los ordenamientos respectivos, conforme a lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y 244 del Código Penal Federal”.


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