Luego de más de 12 horas de audiencia, el juez federal de la causa penal 235/23, Juan José Chávez Montes, resolvió dictar la vinculación a proceso de Eduardo A.M. y de Juan Carlos M.C, en tanto que ordenó la no vinculación de Cecilia R.T. y decretó su libertad en cuanto se cumplan los trámites administrativos correspondientes.
Lo anterior, como parte del proceso que se sigue en contra de los ahora dos vinculados, empleados de la delegación del Instituto Nacional de Migración, quienes aparecen como presuntos responsables materiales por omisión del incendio que se presentó el pasado 27 de marzo en la estación migratoria B, incendio que ocasionó la muerte de 40 migrantes y arrojó un total de 27 lesionados.
La audiencia dio inicio ayer martes a las 15:00 horas y concluyó la madrugada de este miércoles a las 3:20 horas, y en la misma, el juez decreto no vincular a proceso a Cecilia R.T, toda vez que la agente del Ministerio Publico Federal no pudo comprobar que la adscripción de la funcionaria correspondía a esta ciudad, además que el día de los hechos la empleada se encontraba en el poblado de Janos, que es donde está su centro laboral de adscripción.
En caso de Carlos M. y Eduardo A.M., se decretó un plazo de cuatro meses para llevar a cabo la investigación complementaria, misma que podrá extenderse hasta seis meses, pero no podrá exceder de dicho termino.
Los delitos por los que fueron vinculados Eduardo y Juan Carlos fueron homicidio a título de dolo, lesiones y ejercicio indebido del servicio público, delitos que ameritan que continúen en prisión.
Al inicio de la audiencia los abogados defensores presentaron una serie de pruebas a efecto de añadir elementos que apoyaran la defensa de sus clientes, pruebas que el Ministerio Publico se encargo de señalar como impertinentes y varías de ellas fueron desechadas.
Cómo parte de la defensa de Eduardo A.M, se presentó al perito en criminalística Luis Fermín Cal y Mayor Rodríguez Familar, mismo que se hizo cargo de compartirle al juez un peritaje que efectuó sobre un vídeo que se grabó al interior de la estación migratoria el día de los hechos.
El MPF se hizo cargo de interrogar al perito por espacio de un poco más de media hora, poniendo en evidencia algunas fallas e inconsistencias que el perito cometió mientras llevo a cabo el peritaje y algunas contradicciones en torno a las horas de grabación que analizó y la metodología que siguió para llevar a cabo dicho peritaje.
Luego de desahogadas las pruebas y alegatos dentro de la audiencia, el juez Chávez Montes señaló todas las conductas omisas en que incurrieron los ahora vinculados, en el caso de Juan Carlos M. señalo la omisión de no haber supervisado que la comisión interna de protección civil que debía operar en la estación migratoria, realmente nunca tuvo una supervisión y este fue un factor determinante para que a la hora del incendio, tanto los guardias privados como el personal del INM, no supieran cómo accionar ni qué hacer para tratar de salvar la vida de los migrantes.
En el caso de Eduardo A.M., encargado de recursos materiales, se le señalo la conducta omisa de no haber dado agua a los migrantes ahí resguardados, además de destacar que él fue quien giró la orden de que se les diera agua de la llave, instrucción que quedó registrada en una grabación que se hizo de la llamada al celular de uno de los supervisores de seguridad privada.