/ martes 25 de febrero de 2020

Ordena Juez al INE se abstenga de reconocer José Fernando González como dirigente de las RSP

Luego del que el chihuahuense Juan Iván Peña Neder pidiera la nulidad e inexistencia de la sesión donde fue electo el yerno de la maestra Elba Esther como presidente de las RSP

Ordena la juez sexagésimo noveno Civil de la Ciudad de México al INE se abstenga de realizar o continuar realizando cualquier acto de reconocimiento relacionado con José Fernando González Sánchez y José Gerónimo Esquinca Cano, como dirigentes y/o representantes legales de las Redes Sociales Progresistas Asociación Civil, en tanto no se resuelva el juicio ordinario civil en sentencia definitiva, esto luego de que Rafael Ortiz Cárcamo (apoyado por el chihuahuense Juan Iván Peña Neder) interpusieran amparo en contra del yerno de la maestra Elba Esther Gordillo.

A través de un video informativo la vicepresidenta de las Redes Sociales Progresistas Asociación Civil, Andrea Gutiérrez y el representante legal de dicha asociación, Rafael Ortíz Cárcamo, informaron del acuerdo que emitió Margarita García, juez sexagésimo noveno Civil de la Ciudad de México, dirigido a Patricio Ballados Villagómez, director ejecutivo de prerrogativas y partidos políticos del INE.

El amparo fue promovido por Rafael Ortiz Cárcamo y Redes Sociales Progresistas A.C. en contra de José Fernando González Sánchez (yerno de la maestra Elba Esther Gordillo) y José Gerónimo Esquinca Cano, luego de que Juan Iván Peña Neder, ex dirigente nacional de RSP, y el consejo directivo solicitarán medidas cautelares en el que demandan la nulidad e inexistencia de la sesión extraordinaria del pasado 2 de octubre en el que se eligió a José Fernando González como presidente, mismo que fungía como vicepresidente.

Por su parte, Rafael Ortíz Cárcamo, expresó “en mi calidad de representante legal de la asociación civil Redes Sociales Progresistas es mi intención hacer del conocimiento general que el día de hoy (ayer) la juez sexagésimo noveno civil de la Ciudad de México ha resuelto ordenar suspender cualquier actividad relacionada con dicha AC, específicamente le ordena al INE que se abstenga a reconocer o seguir gestionando actos con los demandados José Fernando González Sánchez y José Gerónimo Esquinca Cano”

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Ordena la juez sexagésimo noveno Civil de la Ciudad de México al INE se abstenga de realizar o continuar realizando cualquier acto de reconocimiento relacionado con José Fernando González Sánchez y José Gerónimo Esquinca Cano, como dirigentes y/o representantes legales de las Redes Sociales Progresistas Asociación Civil, en tanto no se resuelva el juicio ordinario civil en sentencia definitiva, esto luego de que Rafael Ortiz Cárcamo (apoyado por el chihuahuense Juan Iván Peña Neder) interpusieran amparo en contra del yerno de la maestra Elba Esther Gordillo.

A través de un video informativo la vicepresidenta de las Redes Sociales Progresistas Asociación Civil, Andrea Gutiérrez y el representante legal de dicha asociación, Rafael Ortíz Cárcamo, informaron del acuerdo que emitió Margarita García, juez sexagésimo noveno Civil de la Ciudad de México, dirigido a Patricio Ballados Villagómez, director ejecutivo de prerrogativas y partidos políticos del INE.

El amparo fue promovido por Rafael Ortiz Cárcamo y Redes Sociales Progresistas A.C. en contra de José Fernando González Sánchez (yerno de la maestra Elba Esther Gordillo) y José Gerónimo Esquinca Cano, luego de que Juan Iván Peña Neder, ex dirigente nacional de RSP, y el consejo directivo solicitarán medidas cautelares en el que demandan la nulidad e inexistencia de la sesión extraordinaria del pasado 2 de octubre en el que se eligió a José Fernando González como presidente, mismo que fungía como vicepresidente.

Por su parte, Rafael Ortíz Cárcamo, expresó “en mi calidad de representante legal de la asociación civil Redes Sociales Progresistas es mi intención hacer del conocimiento general que el día de hoy (ayer) la juez sexagésimo noveno civil de la Ciudad de México ha resuelto ordenar suspender cualquier actividad relacionada con dicha AC, específicamente le ordena al INE que se abstenga a reconocer o seguir gestionando actos con los demandados José Fernando González Sánchez y José Gerónimo Esquinca Cano”

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