El 15 por ciento de las personas que se encuentran recluidas en el Centro de Reinserción Social (Cereso) número 4 de Parral no tienen una sentencia condenatoria, por lo que continúan a la espera de que un Juez de Control los llame a una audiencia donde se les fije la condena, según datos de la SSPE. Por su parte, el abogado penalista, Ricardo Yépez informó que legalmente existe un plazo de dos años en que las personas puedan estar detenidas sin una sentencia, refiriendo que este plazo es mejor que los que se tenían antes.
El Centro de Reinserción Social (Cereso) número 4 se ubica en la carretera Parral- Jiménez, a unos cuantos kilómetros de la Puerta del Tiempo, y éste es un espacio donde las personas que fueron acusadas de cometer un delito pagan la condena que se les haya dictado.
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Según la información proporcionada por la Fiscalía General del Estado en la zona sur, hay diferentes condenas que se emiten, todas dependiendo del caso y la situación; puede ser desde meses hasta años de prisión de salir culpables del delito.
En este sentido, de acuerdo a la información que brindó la Secretaría de Seguridad Pública del Estado (SSPE), siendo la dependencia que se encarga de administrar estos centros de reinserción en Chihuahua, en la localidad de Parral existe uno de estos centros penitenciarios, en el cual se encuentran 277 personas detenidas por algún delito, de las cuales alrededor de 233 ya tienen una sentencia condenatoria; el resto se encuentra a la espera de una audiencia.
Los datos proporcionados por la dependencia estatal establecen que en la región de Parral hay 42 personas detenidas en el Cereso que no han tenido una sentencia. Por lo cual, no pueden salir libres debido a que no son culpables, pero tampoco inocentes.
De acuerdo al abogado penalista Ricardo Yépez, los detenidos sin sentencia pueden durar dos años internados, sin embargo, al pasar este tiempo las autoridades deben definir su estado legal para conocer si se le cambia la medida cautelar o permanece recluido.
Como medidas cautelares, las personas detenidas pueden hacerse acreedoras de diferentes formas, de continuar en el proceso penal; una de ellas es la firma periódica, que consiste en asistir de manera mensual o bimensual a las instalaciones de la FGE como seguimiento; otra medida podría ser la prisión domiciliaria, en la que la persona no podrá alejarse de su vivienda.
Según Ricardo Yépez, este plazo de dos años está regido también con sustento en derechos humanos y la ley no está por encima de estos. Por lo cual consideró que es un plazo adecuado para que se lleven a cabo las investigaciones correspondientes y se delibere una sentencia adecuada.
Nota: El Sol de Parral