/ domingo 6 de octubre de 2019

Patrones velarán por la salud mental de sus empleados

La Norma 035 entra en vigor el 23 de octubre, como un periodo de prueba pero será hasta el 23 de octubre del 2020 cuando se aplique

Por primera vez en la historia de México, los directivos de empresas y quienes estén en posición patronal tendrán la obligación de velar por el bienestar psicológico de sus empleados, lo anterior con el ingreso el 23 de octubre de la Norma 035, que contempla multas de hasta un millón y medio de pesos.

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Según informó el abogado José Joel Torres Arroyo, de Troya Consultores, aunque la nueva medida se ha tomado a risa, es una realidad a la que los patrones y empleados se tienen que ir acostumbrando debido a que el estrés laboral es ya una enfermedad de salud pública, generadora de alta mortalidad, ya sea por infartos o por suicidios.

Dio a conocer que en México un 75 por ciento de los empleados padece estrés laboral, en diferentes niveles, y nuestro país está por arriba de China y Estados Unidos, en dicho indicadores.



“La gente no se lo toma en serio, estamos acostumbrados al estrés”, porque se refleja en enfermedades como migrañas, alta presión, dolores musculares y otros.

El abogado dio a conocer que la Secretaría del Trabajo al impulsar la norma velará por los empleados que manifiesten excesiva carga de trabajo que enfrenten y que intervenga con su calidad de vida.

Expuso que los patrones deben generar un poco de conciencia en los alcances, debido a que se enfrenta con cierta desinformación de cómo funcionará la misma, “se entiende que los patrones le van a pagar o indemnizar al trabajador que manifieste tener estrés, lo cual no es cierto”.

El especialista explicó que la autoridad vigilará el cumplimiento de la norma en base a encuestas e indicadores aplicables a las empresas, pero también el trabajador podrá denunciar en lo particular, en base a investigaciones se podrá determinar la gravedad del caso y se podrá rescindir el contrato del empleado con gastos a cargo del patrón como indemnizaciones o liquidaciones.

Dijo que la norma entra el 23 de octubre, como un periodo de prueba, pero será hasta el 23 de octubre del 2020 cuando se aplique en forma.

Reconoció que por el momento entrará de forma diferenciada y con obligaciones del empleador, muy básicas, no aplica igual para todas las empresas, pues dependerá del número de trabajadores en la plantilla.

A grandes rasgos, la norma indica que no se podrán dar cargas excesivas de trabajo a los empleados y dichas tareas o funciones dependerán de la experiencia de la persona.

“Las áreas de Recursos Humanos van a tener que emplear exámenes tendientes a qué tan emocionalmente fuerte es el empleado, qué tanta capacidad tiene de manejar el estrés y qué capacidad tienen para cierta función”.

Torres dijo que la documentación solicitada a las empresas a partir de la entrada de la norma, permitirá acreditar la relación patrón- empleado y se ahí se desprenderán casos de hostigamiento o maltrato de cada uno de los empleados.

Cabe mencionar que las sanciones serán aplicadas por la autoridad federal e irán de 500 a 8 mil veces el valor de la UMA o 20 mil en casos graves, como infartos a raíz de una carga laboral intensa.

“La norma es de carácter preventivo y no inquisitivo y persigue el enfoque de mejorar la calidad de vida y trabajo de los mexicanos”, finalizó.

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Según informó el abogado José Joel Torres Arroyo, de Troya Consultores, aunque la nueva medida se ha tomado a risa, es una realidad a la que los patrones y empleados se tienen que ir acostumbrando debido a que el estrés laboral es ya una enfermedad de salud pública, generadora de alta mortalidad, ya sea por infartos o por suicidios.

Dio a conocer que en México un 75 por ciento de los empleados padece estrés laboral, en diferentes niveles, y nuestro país está por arriba de China y Estados Unidos, en dicho indicadores.



“La gente no se lo toma en serio, estamos acostumbrados al estrés”, porque se refleja en enfermedades como migrañas, alta presión, dolores musculares y otros.

El abogado dio a conocer que la Secretaría del Trabajo al impulsar la norma velará por los empleados que manifiesten excesiva carga de trabajo que enfrenten y que intervenga con su calidad de vida.

Expuso que los patrones deben generar un poco de conciencia en los alcances, debido a que se enfrenta con cierta desinformación de cómo funcionará la misma, “se entiende que los patrones le van a pagar o indemnizar al trabajador que manifieste tener estrés, lo cual no es cierto”.

El especialista explicó que la autoridad vigilará el cumplimiento de la norma en base a encuestas e indicadores aplicables a las empresas, pero también el trabajador podrá denunciar en lo particular, en base a investigaciones se podrá determinar la gravedad del caso y se podrá rescindir el contrato del empleado con gastos a cargo del patrón como indemnizaciones o liquidaciones.

Dijo que la norma entra el 23 de octubre, como un periodo de prueba, pero será hasta el 23 de octubre del 2020 cuando se aplique en forma.

Reconoció que por el momento entrará de forma diferenciada y con obligaciones del empleador, muy básicas, no aplica igual para todas las empresas, pues dependerá del número de trabajadores en la plantilla.

A grandes rasgos, la norma indica que no se podrán dar cargas excesivas de trabajo a los empleados y dichas tareas o funciones dependerán de la experiencia de la persona.

“Las áreas de Recursos Humanos van a tener que emplear exámenes tendientes a qué tan emocionalmente fuerte es el empleado, qué tanta capacidad tiene de manejar el estrés y qué capacidad tienen para cierta función”.

Torres dijo que la documentación solicitada a las empresas a partir de la entrada de la norma, permitirá acreditar la relación patrón- empleado y se ahí se desprenderán casos de hostigamiento o maltrato de cada uno de los empleados.

Cabe mencionar que las sanciones serán aplicadas por la autoridad federal e irán de 500 a 8 mil veces el valor de la UMA o 20 mil en casos graves, como infartos a raíz de una carga laboral intensa.

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