La diputada Anna Elizabeth Chávez, presentó una iniciativa ante la Comisión de Seguridad en el Congreso del Estado, para que se prohíba a los agentes de las corporaciones policiales, el uso del celular y cualquier otro dispositivo de radiofrecuencia ajeno al de uso oficial, en horario de trabajo.
En su exposición de motivos mencionó que la gran mayoría de los elementos que integran las corporaciones de seguridad, hacen una honorable y valerosa labor, sin embargo dijo también existen los elementos malos y que han sido corrompidos, quienes incumplen con las estrictas normas de probidad y profesionalidad que caracterizan en general a la actividad policial.
En este sentido dijo que con el objeto de mejorar el servicio de seguridad pública, se propone la obligación de prescindir durante el desempeño de sus funciones de portar o utilizar teléfonos móviles, radiofrecuencias o cualquier aparato de comunicación que no sea el de uso oficial.
Lo anterior ya que los dispositivos móviles son herramientas de trabajo diario de muchas personas, pero del mismo modo son considerados los dispositivos de ocio más utilizado en la actualidad.
La legisladora agregó que la telefonía celular y el internet facilitan la comunicación y ofrecen varias formas de entretenimiento, pero también existen riesgos, como la adicción al uso de dichas tecnologías y su utilización para cometer delitos, por lo que se busca prevenir distracciones, optimizar los recursos disponibles, combatir ilícitos y revalorizar la importante labor que realizan los policías.
Por lo anterior, la Comisión de Seguridad en el Congreso analiza el tema y en caso de ser aprobado y posteriormente votado a favor en el pleno, el decreto quedaría de la siguiente manera:
“Los integrantes de la Policía Estatal, Policía Preventiva, Policía de Tránsito y Vialidad, y elementos de la seguridad penitenciaria, con excepción de la Policía Investigadora, tienen estrictamente prohibido llevar consigo durante el pase de lista o al momento de su llegada a las instalaciones policiales al inicio de su turno y dentro de éste, uno o varios teléfonos móviles, radiofrecuencias o cualquier aparato de comunicación que no sea de aquellos que se les hubieran proporcionado por la dependencia correspondiente para el desempeño de sus funciones”.
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