Por primera vez en Chihuahua, el Instituto Estatal Electoral exigirá candidaturas indígenas para las diputaciones e integrantes de los ayuntamientos, respetando la paridad de género, dentro de los partidos, coaliciones o candidaturas comunes.
Como regla general, todos los actores políticos – partidos, coaliciones o candidaturas comunes- que postulen candidaturas indígenas deberán aportar los medios probatorios idóneos que acrediten su pertenencia al pueblo originario y que guardan un vínculo con la comunidad en su sistema normativo interno o de usos y costumbres.
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En las postulaciones a cargos de integrantes de Ayuntamientos, deberán incluir en sus planillas al menos dos candidaturas indígenas, con sus respectivas suplencias, en los municipios donde la población indígena supere el 50% del total. Mientras que donde sea menor del 50%, pero superior al valor de un escaño en cada demarcación, deberán postular al menos una candidatura.
Es obligatorio respetar la igualdad entre las candidaturas de hombres y mujeres; en consecuencia, en aquellos casos en que postulen dos candidaturas indígenas, al menos una, con su respectiva suplencia, deberá ser encabezada por una persona del género femenino. Cabe resaltar que todas las medidas incluyen las candidaturas suplentes.
En el Distrito Electoral local 22, con cabecera en Guachochi, la candidatura y la respectiva suplencia que postulen los actores políticos deberá ser de autoadscripción calificada como indígena. Para efectos de las candidaturas a diputaciones, por mayoría relativa o representación proporcional, las fuerzas políticas están obligadas a postular al menos a una persona indígena.
Además, en las listas de representación proporcional debe haber al menos una candidatura indígena. Los comicios del 2021 será la primera ocasión en la que Chihuahua se fijarán las acciones afirmativas para garantizar la participación política de las y los indígenas en la contienda electoral, bajo criterios de paridad y representatividad.