Reducen el horario de venta de alcohol

Se busca reducir la dispersión social, actividades en conjunto y buscar el aislamiento durante la crisis de salud que vive gran parte del mundo

Ricardo Holguín | El Heraldo de Chihuahua

  · domingo 12 de abril de 2020

De 9 de la mañana a 6 de la tarde, el Gobierno del Estado redujo la venta de bebidas alcohólicas en todo el estado, esto como parte de las medidas de prevención que se han adaptado por el tema del coronavirus, a fin de reducir la dispersión social, actividades en conjunto y buscar el aislamiento durante la crisis de salud que vive gran parte del mundo.

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Dentro del acuerdo número 060/2020 que fue publicado en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 11 de abril, el secretario general de Gobierno, Luis Fernando Mesta, publicó las medidas de operación y distribución de bebidas alcohólicas recortando su horario cuatro horas la venta de lunes a domingo.

“Se establece que el horario de venta de bebidas alcohólicas en todo el estado, aplicable para todos los giros y establecimientos contemplados en la Ley de Alcoholes del Estado, será de las 09:00 a las 18:00 horas, de lunes a domingo, se ordena el cierre y la suspensión de actividades a partir de las 18:00 y hasta las 09:00 horas, de lunes a domingo, de los siguientes giros y establecimientos definidos y contemplados en los artículos 41 y 44 de la Ley de Alcoholes del Estado”, refiere el acuerdo publicado con motivo del Covid-19.

Esta medida será vigente a partir del 12 de abril según lo estipulado en el Periódico Oficial, y tendrá una validez hasta el día 30 de abril de 2020, y todas las empresas consideradas como boutiques, depósitos, licorerías, microcervecerías, vinaterías y sotolerías, deberán acatar esta instrucción de restricción de venta.

De conformidad con la fracción III del artículo 7 de la Ley de Alcoholes del Estado de Chihuahua, el acuerdo fija el horario de operación para la venta de bebidas alcohólicas que deberán respetar todos los establecimientos del estado. Adicionalmente, de conformidad con lo dispuesto por la fracción IV del mismo numeral, se ordena la suspensión de actividades a partir de las 18:00 horas de los giros y establecimientos cuya actividad exclusiva o preponderante sea la venta de bebidas alcohólicas en envase cerrado.

De igual forma, el cumplimiento de las disposiciones contenidas en el acuerdo, será vigilado por las autoridades municipales en el ámbito de su competencia y por la Secretaría General de Gobierno en todo el territorio estatal; su inobservancia será sancionada con la clausura temporal o definitiva del establecimiento, la revocación de la licencia o permiso correspondiente y demás sanciones aplicables en términos de lo establecido en el Capítulo VI de la Ley de Alcoholes del Estado.

También se da a conocer que en el acuerdo podrá ser adicionado o modificado, considerando el avance, propagación o evolución de la enfermedad Covid-19, privilegiando en todo momento el bienestar de la población, el orden y la seguridad pública.

En la motivación del acuerdo, el secretario general de Gobierno explica que a efecto de promover una respuesta responsable por parte de la sociedad, evitando la ejecución de acciones que inviten a hacer caso omiso a las medidas de prevención de contagios de la enfermedad multicitada, así como para inhibir el riesgo de contagio durante la concurrencia innecesaria en actividades no esenciales, como lo es la venta de bebidas alcohólicas, resulta oportuno dictar las medidas precisas para mantener la plena conciencia, orden, y seguridad entre la comunidad chihuahuense.

“Resulta necesario destacar que dicha suspensión de actividades no es aplicable en aquellos establecimientos o giros que comercialicen, además de bebidas alcohólicas, otros productos que podrían ser necesarios para la población”, refiere.

Es decir, los autoservicios, supermercados, tiendas de abarrotes y otros establecimientos similares podrán continuar operando, siempre y cuando eviten la venta de bebidas alcohólicas a partir de las 18:00 horas, pues tal disposición es aplicable de forma general; ello sin ser óbice a lo dispuesto por los artículos tercero y cuarto del precitado acuerdo 049/2020.

Lo anterior pretende evitar la alteración del orden y la seguridad pública, pero sobre todo busca inhibir los daños a la salud que podría acarrear la realización de reuniones privadas en donde, a consecuencia del aglutinamiento y la ingesta de bebidas alcohólicas, se omitan las medidas de sana distancia e higiene que han recomendado las autoridades sanitarias.


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Foto: Alberto Hierro | El Heraldo de Chihuahua