Carlos Iván S. C, acusado de golpear en la cara a su hijo de 3 meses de edad por que no dejaba de llorar, fue vinculado a proceso por los hechos ocurridos el pasado 2 de agosto, día en el cual solicitó a su expareja Verónica convivir con el menor, ya que están separados.
Durante una audiencia desahogada este día se ventiló que Carlos Iván fue detenido el día en mención luego de que la madre se diera cuenta de que el padre golpeó al menor con iniciales I.S.S.M.
Tras la agresión la madre solicitó ayuda a los vecinos quienes acudieron para trasladar al menor al Hospital Infantil, donde permaneció internado tres días.
Aunque la Fiscalía determinó que el menor, presenta el Síndrome de Kempe, (niño maltratado), la juzgadora no otorgó prisión preventiva y ante esto el Ministerio Público consideró prudente la imposición de la medida cautelar debido a que Carlos no tiene trabajo, no da pensión alimenticia; además consume y vende cristal, y no tiene un domicilio fijo ya vive con su tía y abuela y puede sustraerse de la justicia.
La juzgadora instauró como medida cautelar la presentación periódica semanal, a firmar ante tribunales, no acercarse a la víctima ni a la madre y fue canalizado a un centro de rehabilitación de drogas.
La misma instó al imputado a que ante cualquier transgresión de las medidas cautelares, será puesto en prisión inmediatamente. “La medida de enfrentar el proceso en libertad depende de usted”, le dijo.
Al iniciarse la continuación de audiencia inicial por el delito de despojo, en contra de los imputados Claudia Ivonne G N, Miguel Alberto M., Juan Manuel B. Ch. y Guadalupe P. B., quienes son acusados por ocupar ilegalmente viviendas en el Fraccionamiento de Pensiones, se presentó al abogado Gabriel Sánchez González como defensor, quien se pronunció por no tener medios de prueba que presentar.
El licenciado Sánchez, empero solicitó a la representación legal de Pensiones se diera lectura de los antecedentes de la pasada audiencia debido a que el expediente le fue entregado apenas hace 24 horas, lo cual fue concedido por la juez Lilia Valentina Meléndez Olivas.
Cabe mencionar que también la jueza es la primera vez que encabeza la audiencia 2509/2019, por lo que de nueva cuenta se da lectura a los antecedentes.
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