/ martes 11 de abril de 2023

AMLO va por reforma para evadir indemnizaciones por cancelar contratos con empresas

La iniciativa enviada al Congreso por el presidente López Obrador permitiría al gobierno federal cancelar contratos sin resarcir daños a las empresas bajo ciertas condiciones

El presidente Andrés Manuel López Obrador envió una iniciativa de reforma administrativa para, entre otras cosas, desvincular al gobierno del pago de indemnizaciones si cancela contratos con empresas por “causas de interés público”.

La reforma comprende la modificación de 23 leyes secundarias, siendo la modificación a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo la que pretende permitir que el estado eluda el pago de resarcimiento de daños a las empresas por cancelar contrato si la obra o el servicio deja de cumplir con los fines del Estado o “beneficiar a la sociedad y de continuarla, afectaría al erario o a la población en general”.

“No procede el resarcimiento de daños o perjuicios cuando: II) la revocación o terminación anticipada se motive por hechos o actos de interés público, general o social, o en la preservación de los comunes, o en la seguridad e integridad de las personas e instituciones nacionales, conforme a las disposiciones aplicables”, se lee en el artículo 11 Bis que la reforma propone añadir.

En la reforma también se establece que previo a la revocación, se pueda modificar el acto administrativo en el que se establezcan las nuevas condiciones que deba cumplir la persona titular de la concesión, permiso, autorización o licencia.

Otro aspecto importante de la reforma es la establecer la obligatoriedad de la “cláusula exorbitante” en todos los contratos de la administración pública.

Dicha cláusula permite al Estado terminar la relación jurídica de manera anticipada y unilateral cuando convenga al interés público y para hacerla obligatoria el Ejecutivo propone modificar los artículos 45 y 62 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y el 80 de la Ley de Obras y Servicios Relacionados con las Mismas

En la exposición de motivos de la iniciativa firmada por Adán Augusto, titular de la Secretaría de Gobernación, López Obrador asegura que el objetivo de la reforma es “salvaguardar y prevenir desviaciones de los recursos públicos”, pues en administraciones pasadas se suscribieron actos contrarios a la ley.

El presidente Andrés Manuel López Obrador envió una iniciativa de reforma administrativa para, entre otras cosas, desvincular al gobierno del pago de indemnizaciones si cancela contratos con empresas por “causas de interés público”.

La reforma comprende la modificación de 23 leyes secundarias, siendo la modificación a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo la que pretende permitir que el estado eluda el pago de resarcimiento de daños a las empresas por cancelar contrato si la obra o el servicio deja de cumplir con los fines del Estado o “beneficiar a la sociedad y de continuarla, afectaría al erario o a la población en general”.

“No procede el resarcimiento de daños o perjuicios cuando: II) la revocación o terminación anticipada se motive por hechos o actos de interés público, general o social, o en la preservación de los comunes, o en la seguridad e integridad de las personas e instituciones nacionales, conforme a las disposiciones aplicables”, se lee en el artículo 11 Bis que la reforma propone añadir.

En la reforma también se establece que previo a la revocación, se pueda modificar el acto administrativo en el que se establezcan las nuevas condiciones que deba cumplir la persona titular de la concesión, permiso, autorización o licencia.

Otro aspecto importante de la reforma es la establecer la obligatoriedad de la “cláusula exorbitante” en todos los contratos de la administración pública.

Dicha cláusula permite al Estado terminar la relación jurídica de manera anticipada y unilateral cuando convenga al interés público y para hacerla obligatoria el Ejecutivo propone modificar los artículos 45 y 62 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y el 80 de la Ley de Obras y Servicios Relacionados con las Mismas

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