/ martes 4 de diciembre de 2018

Senado recibe iniciativa de AMLO para eliminar el fuero al Presidente

El subsecretario de Gobernación, Zoé Robledo, entregó al presidente de la Mesa Directiva del Senado de la República, Martí Batres, el documento

El subsecretario de Gobernación, Zoé Robledo, entregó al presidente de la Mesa Directiva del Senado de la República, Martí Batres, la iniciativa sobre la eliminación del fuero que envía al Senado mexicano el presidente Andrés Manuel López Obrador.

Batres Guadarrama informó de la llegada al Senado de Zoé Robledo con el documento del Ejecutivo, que acompaña con una fotografía donde se encuentran los dos dialogando sobre el tema.

Posteriormente, en conferencia con medios, explicó que la iniciativa reforma el Artículo 108 constitucional, mismo que señala que el Presidente de la República, durante el tiempo de su encargo, sólo podrá ser acusado por traición a la patria, actos de corrupción, delitos electorales y delitos graves en los términos del segundo párrafo del artículo 19.

El artículo 111 constitucional precisa que para proceder penalmente contra el Presidente de la República, sólo habrá lugar a acusarlo ante la Cámara de Senadores en los términos del artículo 110.

Nadie, puede estar encima de la ley: Monreal

Previamente el senador de Morena, Ricardo Monreal Ávila, presentó reformas a los artículos 108 y 111 de la Constitución, para eliminar el fuero al Presidente de la República.

“Nadie, puede estar encima de la ley, menos aquel al que se le entrega el destino de la República, por lo que es imperiosa la necesidad de desaparecer la inmunidad procesal’’, enfatiza el coordinador parlamentario de Morena.

La iniciativa modifica el artículo 8 para quedar como sigue: el Presidente de la República durante el tiempo de su encargo, sólo podrá ser acusado por traición a la patria, actos de corrupción, delitos electorales y delitos graves en términos del segundo párrafo del artículo 19 de esta Constitución.

Mientras el artículo 11, indica que para proceder penalmente contra el Presidente de la República, sólo habrá lugar a acusarlo ante la Cámara de Senadores en los términos del artículo 110. En este supuesto, la Cámara de Senadores resolverá con base en la legislación aplicable.

Lee: Se acabaron los fueros y se acabaron los privilegios: AMLO

Ricardo Monreal señala que encabezar un gobierno libre de privilegios es uno de los grandes ejes de la cuarta transformación de la vida pública nacional. “Como senadores de la República nuestro compromiso es claro, reformar el marco jurídico actual para permitir que en México tengamos al primer Presidente sin fuero y sin ninguna clase de inmunidad, cuyo único privilegio sea ser mexicano y servir con eficacia, transparencia y honestidad al pueblo que lo eligió’’.

Es por ello, explica, que la reforma se centra en modificar el contenido del articulado relacionado con los supuestos por los que el titular del Poder Ejecutivo Federal pueda ser acusado ante la Cámara de Senadores, además de traición a la patria, por delitos de corrupción, delitos electorales y aquellos que señala el artículo 19 de la Constitución Federal.

Lo anterior, respetando siempre la presunción de inocencia, los derechos humanos y los tratados internacionales de los que México forma parte.

Destaca que fuero se constituye en la actualidad como una ofensa, en virtud de que la sociedad tiene la convencida percepción de que la inmunidad procesal constituye más un abusivo privilegio para las personas, que una protección a la función pública que deben realizar los gobernantes.

“La Constitución no debe prever ninguna situación que impida exigirle al primer gobernante de nuestro país para que dé respuesta de su actuación y de su conducta. El fuero nació con la finalidad de proteger el funcionamiento de las instituciones, no como un privilegio para los encargados de ellas’’, señala el documento publicado en la Gaceta Parlamentaria.

En estos tiempos, concluye Monreal Ávila, el abuso de la inmunidad exige que el garante de las instituciones sea la probidad misma de la persona que ocupa el cargo público más importante de la nación como lo es el Presidente de la República y, si no la tiene, que se le destituya y se le procese’’.

El subsecretario de Gobernación, Zoé Robledo, entregó al presidente de la Mesa Directiva del Senado de la República, Martí Batres, la iniciativa sobre la eliminación del fuero que envía al Senado mexicano el presidente Andrés Manuel López Obrador.

Batres Guadarrama informó de la llegada al Senado de Zoé Robledo con el documento del Ejecutivo, que acompaña con una fotografía donde se encuentran los dos dialogando sobre el tema.

Posteriormente, en conferencia con medios, explicó que la iniciativa reforma el Artículo 108 constitucional, mismo que señala que el Presidente de la República, durante el tiempo de su encargo, sólo podrá ser acusado por traición a la patria, actos de corrupción, delitos electorales y delitos graves en los términos del segundo párrafo del artículo 19.

El artículo 111 constitucional precisa que para proceder penalmente contra el Presidente de la República, sólo habrá lugar a acusarlo ante la Cámara de Senadores en los términos del artículo 110.

Nadie, puede estar encima de la ley: Monreal

Previamente el senador de Morena, Ricardo Monreal Ávila, presentó reformas a los artículos 108 y 111 de la Constitución, para eliminar el fuero al Presidente de la República.

“Nadie, puede estar encima de la ley, menos aquel al que se le entrega el destino de la República, por lo que es imperiosa la necesidad de desaparecer la inmunidad procesal’’, enfatiza el coordinador parlamentario de Morena.

La iniciativa modifica el artículo 8 para quedar como sigue: el Presidente de la República durante el tiempo de su encargo, sólo podrá ser acusado por traición a la patria, actos de corrupción, delitos electorales y delitos graves en términos del segundo párrafo del artículo 19 de esta Constitución.

Mientras el artículo 11, indica que para proceder penalmente contra el Presidente de la República, sólo habrá lugar a acusarlo ante la Cámara de Senadores en los términos del artículo 110. En este supuesto, la Cámara de Senadores resolverá con base en la legislación aplicable.

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Ricardo Monreal señala que encabezar un gobierno libre de privilegios es uno de los grandes ejes de la cuarta transformación de la vida pública nacional. “Como senadores de la República nuestro compromiso es claro, reformar el marco jurídico actual para permitir que en México tengamos al primer Presidente sin fuero y sin ninguna clase de inmunidad, cuyo único privilegio sea ser mexicano y servir con eficacia, transparencia y honestidad al pueblo que lo eligió’’.

Es por ello, explica, que la reforma se centra en modificar el contenido del articulado relacionado con los supuestos por los que el titular del Poder Ejecutivo Federal pueda ser acusado ante la Cámara de Senadores, además de traición a la patria, por delitos de corrupción, delitos electorales y aquellos que señala el artículo 19 de la Constitución Federal.

Lo anterior, respetando siempre la presunción de inocencia, los derechos humanos y los tratados internacionales de los que México forma parte.

Destaca que fuero se constituye en la actualidad como una ofensa, en virtud de que la sociedad tiene la convencida percepción de que la inmunidad procesal constituye más un abusivo privilegio para las personas, que una protección a la función pública que deben realizar los gobernantes.

“La Constitución no debe prever ninguna situación que impida exigirle al primer gobernante de nuestro país para que dé respuesta de su actuación y de su conducta. El fuero nació con la finalidad de proteger el funcionamiento de las instituciones, no como un privilegio para los encargados de ellas’’, señala el documento publicado en la Gaceta Parlamentaria.

En estos tiempos, concluye Monreal Ávila, el abuso de la inmunidad exige que el garante de las instituciones sea la probidad misma de la persona que ocupa el cargo público más importante de la nación como lo es el Presidente de la República y, si no la tiene, que se le destituya y se le procese’’.

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