La Fiscalía General del Estado de Chihuahua, a través de la Unidad de Delitos de Extorsión de la Fiscalía en Operaciones Estratégicas, informó la vinculación a proceso de Jesús Humberto M. G., un hombre acusado de múltiples delitos graves, entre los que se incluyen fraude, falsificación de documentos, amenazas y asociación delictuosa.
El juez dictó prisión preventiva como medida cautelar, dada la gravedad de los cargos y su presunta implicación en al menos dos hechos delictivos específicos.
De acuerdo con las investigaciones de la Fiscalía, Jesús Humberto M. G. y varios colaboradores habrían implementado un esquema fraudulento, mediante el cual lograban obtener ganancias ilegales a través de la simulación de contratos de compraventa de vehículos.
Para concretar estas operaciones, los acusados presentaban facturas falsificadas a sus víctimas, con las cuales pretendían demostrar la propiedad de los vehículos involucrados. Esta estrategia permitió al grupo, supuestamente liderado por Jesús Humberto M. G., defraudar a dos víctimas con pérdidas estimadas en 1 millón 80 mil pesos y 1 millón 70 mil pesos, respectivamente.
Además de las acciones fraudulentas, las autoridades señalan que el grupo presuntamente amenazaba a sus víctimas para impedir que procedieran legalmente en su contra. Estos actos, aseguran, revelan un patrón de intimidación y manipulación en el que las amenazas servían como un elemento coercitivo para evitar que las víctimas denunciaran los fraudes.
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La Fiscalía de Chihuahua ha clasificado los actos imputados a Jesús Humberto M. G. bajo varias figuras delictivas del Código Penal del Estado de Chihuahua.
1. Fraude (Artículo 223, fracción IV): Según la investigación, la simulación de compraventa de vehículos encaja en esta categoría, debido al daño patrimonial generado a las víctimas.
2. Falsificación o alteración y uso indebido de documentos (Artículo 330): El acusado habría utilizado facturas falsificadas para dar apariencia de legalidad a las transacciones de vehículos.
3. Amenazas (Artículo 204): Las acciones de intimidación hacia las víctimas para disuadir cualquier intento de denuncia se consideran un delito aparte.
4. Asociación delictuosa (Artículo 246): La colaboración del acusado con otros sujetos en un esquema coordinado de fraude y amenazas cumple con los criterios de este delito.
Asimismo, los delitos se imputan a título de dolo y en calidad de coautor, según lo establecido en los artículos 18 Fracción I y 21 Fracción III del mismo código.
Este caso forma parte de una investigación más amplia, pues la Fiscalía ha identificado la posible conexión de Jesús Humberto M. G. con al menos 50 carpetas de investigación relacionadas con fraudes de características similares en la región. La Unidad de Delitos de Extorsión continúa recabando pruebas y testimonios que permitan esclarecer cada caso y determinar la magnitud total de los delitos.