/ martes 3 de diciembre de 2024

Vinculan a proceso a sujeto acusado de violencia familiar en la colonia Saucito

Además, el juez, al considerar el riesgo existente para la víctima, ordenó la aplicación de la medida cautelar de prisión preventiva justificada

En seguimiento a las investigaciones realizadas por la Fiscalía Especializada en Atención a Mujeres Víctimas del Delito por Razones de Género y a la Familia, un juez vinculó a proceso penal a Edgar Alberto T. R. por su probable participación en el delito de violencia familiar. Los hechos se cometieron en perjuicio de su pareja sentimental, quien habría sido víctima de agresiones psicológicas y físicas.

El imputado fue citado a comparecer agentes ante el juzgador de primera instancia, donde agentes del Ministerio Público de la Unidad de Investigación de Violencia Familiar presentaron los datos de prueba correspondientes. La causa penal 2951/2024 detalla que se acreditaron cinco episodios de violencia familiar ocurridos entre los meses de julio y agosto de 2024.

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Según la información proporcionada por la Fiscalía, Edgar Alberto T. R. ejerció actos abusivos de poder con la intención de dominar, controlar y agredir a la víctima. Dichos actos se registraron los días 11, 12, 30 y 31 de julio, así como el 28 de agosto del presente año, en un domicilio ubicado en la colonia Saucito de la ciudad de Chihuahua.

Ante los elementos de prueba presentados y la reiteración de los actos de violencia, el Juez encargado del caso decidió vincular a proceso penal al acusado. Además, considerando el riesgo existente para la víctima, ordenó la aplicación de la medida cautelar de prisión preventiva justificada. En consecuencia, Edgar Alberto T. R. enfrentará su situación jurídica bajo internamiento en el Centro de Readaptación Social (Cereso).

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La Fiscalía Especializada subrayó su compromiso con la protección de las víctimas y el seguimiento puntual de este tipo de delitos, garantizando la aplicación de la justicia y la atención integral a quienes han sufrido violencia de género.

Cabe destacar que, conforme a lo establecido en el artículo 13 del Código Nacional de Procedimientos Penales, el imputado se presume inocente mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por la autoridad judicial competente.

En seguimiento a las investigaciones realizadas por la Fiscalía Especializada en Atención a Mujeres Víctimas del Delito por Razones de Género y a la Familia, un juez vinculó a proceso penal a Edgar Alberto T. R. por su probable participación en el delito de violencia familiar. Los hechos se cometieron en perjuicio de su pareja sentimental, quien habría sido víctima de agresiones psicológicas y físicas.

El imputado fue citado a comparecer agentes ante el juzgador de primera instancia, donde agentes del Ministerio Público de la Unidad de Investigación de Violencia Familiar presentaron los datos de prueba correspondientes. La causa penal 2951/2024 detalla que se acreditaron cinco episodios de violencia familiar ocurridos entre los meses de julio y agosto de 2024.

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Según la información proporcionada por la Fiscalía, Edgar Alberto T. R. ejerció actos abusivos de poder con la intención de dominar, controlar y agredir a la víctima. Dichos actos se registraron los días 11, 12, 30 y 31 de julio, así como el 28 de agosto del presente año, en un domicilio ubicado en la colonia Saucito de la ciudad de Chihuahua.

Ante los elementos de prueba presentados y la reiteración de los actos de violencia, el Juez encargado del caso decidió vincular a proceso penal al acusado. Además, considerando el riesgo existente para la víctima, ordenó la aplicación de la medida cautelar de prisión preventiva justificada. En consecuencia, Edgar Alberto T. R. enfrentará su situación jurídica bajo internamiento en el Centro de Readaptación Social (Cereso).

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La Fiscalía Especializada subrayó su compromiso con la protección de las víctimas y el seguimiento puntual de este tipo de delitos, garantizando la aplicación de la justicia y la atención integral a quienes han sufrido violencia de género.

Cabe destacar que, conforme a lo establecido en el artículo 13 del Código Nacional de Procedimientos Penales, el imputado se presume inocente mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por la autoridad judicial competente.

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